Absueltos seis hinchas del Sevilla y del Betis por una pelea de 2009
Seis hinchas del Betis y del Sevilla FC, para quienes el fiscal pidió condenas de hasta siete años de cárcel por una pelea que dejó varios heridos graves, han sido absueltos porque la identificación que hicieron unos de otros está "viciada" y fue "ciertamente endeble".
La pelea ocurrió a última hora del 3 de febrero del 2009, cuando hinchas radicales del Betis, afiliados a la peña de los hinchas, se desplazaron a la barriada sevillana de El Gordillo "buscando encontrarse con los que consideraban sus rivales del Sevilla FC, que se autodenominaban Biris" y que en aquella época se reunían en una nave para hacer pancartas para los partidos.
Allí se originó una "pelea multitudinaria entre los dos bandos, que se enfrentaron entre sí de modo indiscriminado y confuso, utilizando para golpearse bates de béisbol, palos, cadenas pitón, cuchillos y porras", según la sentencia de la Sección Cuarta de la Audiencia, a la que ha tenido acceso Efe.
En la lucha hubo varios heridos atendidos en hospitales pero uno de ellos, Alejandro L.R., socio del Betis, permaneció 23 días hospitalizado, tardó 243 días en curar y perdió cuatro dientes, por lo que el fiscal pidió que fuese indemnizado en 63.510 euros, junto a las cantidades en que se tasen los daños ocasionados a su vehículo.
Según la sentencia, pese a que este joven reconoció a los acusados Víctor D.G., Adrián J.P., José Antonio C.F. y David C.R. como autores de la agresión, se trata de una identificación que "no es válida" y "está viciada" pues solo los señaló tras coincidir con ellos en el vestíbulo de los juzgados cuando todos ellos fueron citados a declarar.
Previamente, cuando estaba hospitalizado, la Policía le exhibió fotos de los sospechosos, miembros de la peña de los Biris, "y no identificó entonces a ninguno de ellos", dicen los jueces.
David C.R. declaró que el día de la agresión estaba fuera de Sevilla y no se ha hecho ninguna investigación para comprobarlo, según la sentencia, pues Alejandro fue el único que le situó en el lugar de los hechos y se trata de una prueba "endeble" para dictar una sentencia condenatoria.
Es cierto que José Antonio C.F. fue asistido en el hospital Virgen Macarena de una herida contusa en la cabeza, pero el fallo considera válida su declaración de que le agredió un borracho en un bar, versión ratificada por el amigo que le acompañaba.
El acusado Víctor D.G. también fue asistido de graves contusiones en el cuero cabelludo y en el juicio declaró que se las causaron unos hinchas encapuchados que entraron en el local donde confeccionaban pancartas, pero la sentencia considera que no pudo participar en la agresión porque una de sus lesiones consistió en una fractura de codo al intentar protegerse.
En cuanto a la identificación que este joven hizo en el juicio de Alejandro L.R. como la persona que le golpeó, la sentencia recuerda que cuatro meses después de los hechos dijo a la juez de instrucción que "no podía identificar a quien lo agredió y que a Alejandro era la primera vez que lo veía".
La Audiencia absuelve a todos los acusados, para quienes la Fiscalía de Sevilla había pedido condenas de entre diez meses y siete años de cárcel por delitos de riña tumultuaria, lesiones y contra la administración de Justicia.