Es Noticia
Rubén Castro, absuelto de romper la orden de alejamiento de su expareja
  • Mi perfil
  • Salir

Rubén Castro, absuelto de romper la orden de alejamiento de su expareja

DMQ

El Juzgado de lo Penal número 11 de Sevilla ha absuelto al futbolista del FC Cartagena Rubén Castro del delito de quebrantamiento de medida cautelar, del que le acusaban la Fiscalía y la acusación particular, por incumplir supuestamente la prohibición de comunicarse y acercarse a menos de 300 metros de su expareja.

La sentencia considera que no existe una prueba de cargo suficiente para desvirtuar el principio de presunción de inocencia “y alcanzar con plena convicción una conducta activa y dolosa del acusado tendente a incumplir la medida que pesaba sobre el mismo”, ha informado este martes el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

El juez explica que en la vista oral celebrada contra el futbolista en mayo de 2017 tras la denuncia por malos tratos presentada por su exnovia, un testigo propuesto por la defensa del deportista relató, sin especificar el año, un suceso ocurrido sobre las 1.30 ó 2.00 horas en la temporada de verano.

El testigo no especificaba el año y señalaba que el hecho se produjo en una zona de playa, concretamente en un reservado al que pretendía acceder la expareja “para pedirle perdón” al acusado.

Tras ese juicio por malos tratos, en el que el futbolista fue absuelto, la Fiscalía instó a investigar la presunta comisión de un delito de quebrantamiento de la orden de alejamiento dictada en 2013 y una vez conocido el testimonio del testigo y amigo de Rubén Castro.

Rubén Castro celebra un gol con el FC Cartagena (foto: FC Cartagena).
Rubén Castro celebra un gol con el FC Cartagena (foto: FC Cartagena).

En la vista oral por este nuevo caso, el magistrado concluye que “absolutamente todos y cada uno de los testimonios resultan parciales, escasamente objetivos e impregnados de una evidente carga subjetiva que conducen al tribunal a desconfiar notablemente de su contenido”.

De este modo, la versión del acusado y del amigo que compareció como testigo “nada tiene que ver” con lo expuesto por su exnovia y el testigo propuesto por ésta que le acompañaba cuando habrían ocurrido los hechos, pues “se trata de versiones manifiestamente contradictorias sobre la presencia conjunta del acusado”.

A juicio del magistrado, y a modo de conclusión, el testimonio ofrecido por el testigo en el juicio de mayo de 2017 “no describe acción alguna” del acusado “dirigida a permitir el acceso que revela a su amigo, generando este testimonio una duda real y razonable sobre los términos en los que finalizó el intento” de la mujer “de pedir perdón” al investigado.

El juez añade que, desde la perspectiva procesal probatoria, “lo que encontramos” en el testimonio de este testigo “es un indicio o sospecha de un encuentro provocado” por la expareja del acusado y que éste acepta.

Apunta el magistrado que no se encuentra “una prueba de cargo suficiente para desvirtuar el principio de presunción de inocencia y alcanzar con plena convicción una conducta activa y dolosa del acusado tendente a incumplir la medida que pesaba sobre el mismo”.

1 comentario
Escribir comentario 1 comentario
Deja una respuesta

Información básica de Protección de Datos:
Responsable de los datos: El Desmarque Portal Deportivo, S.L.
Finalidad: con la que se tratan sus datos personales: gestión de comentarios en el blog.
Derechos que le asisten: podrá acceder, rectificar y suprimir los datos, así como revocar la autorización para el tratamiento de los datos, ejercitar los derechos de limitación, portabilidad, y a no ser objeto de decisiones automatizadas dirigiéndose por escrito a la dirección: legal@eldesmarque.com.
Información adicional: puede consultar la información detallada en el siguiente enlace: https://www.eldesmarque.com/politica-de-privacidad (apartado “Gestión de comentarios en foros y blogs”).

Cancelar

  1. Ajmd

    Una orden de alejamiento sobre un caso del que quedó absuelto tras el pertinente linchamiento público. Que vergüenza de sociedad

Cargando

Has preferido rechazar las cookies, regístrate para acceder al contenido

El registro permite navegar rechazando el aviso de cookies, pero no implica dejar de recibir publicidad ni acceso a contenido o ventajas exclusivas. Si ya estás registrado, haz click aquí para acceder.

Recuerda que tienes la opción de aceptar las cookies para acceder al contenido sin registrarte