La multa más desconocida de la DGT, y es por algo muy habitual
La Dirección General de Tráfico (DGT) tiene como objetivo garantizar la seguridad de los conductores y los peatones. Y las leyes de su normativa, aunque a veces parezca que está para recaudar, tienen todo el sentido del mundo. Y es que hasta el detalle menos esperado puede ser motivo de accidente.
Por ejemplo, las bolsas de la compra. Seguramente las has dejado alguna vez en el asiento del copiloto o en los traseros. Si es así y lo sigues haciendo, debes saber que es motivo de multa.
Llevar las bolsas de la compra en el asiento trasero acarrera multas de hasta 200 euros
El artículo 14 del Reglamento General de Circulación señala que “la carga transportada en un vehículo, así como los accesorios que se utilicen para su acondicionamiento o protección, deben estar dispuestos y, si fuera necesario, sujetos de tal forma que no puedan: arrastrar, caer total o parcialmente o desplazarse de manera peligrosa, comprometer la estabilidad del vehículo, producir ruido, polvo u otras molestias que puedan ser evitadas y, por último, ocultar los dispositivos de alumbrado o de señalización luminosa, las placas o distintivos obligatorios y las advertencias manuales de sus conductores”.
No cumplir con ello puede acarrear una multa de hasta 200 euros. Si no quieres exponerte a ello, haz caso de los consejos de la DGT:
- Sujetar los bultos con correas a la parte de abajo, pero sobre todo por delante.
- Utilizar la red portaobjetos del maletero para los de menor peso y tamaño .
- La carga no debe llegar en ningún caso hasta la parte delantera del habitáculo. En tal caso, deben utilizarse vehículos de transporte como las furgonetas siempre que sea posible.
- Sujetar la carga ajustándola a piezas fijas del vehículo, de modo que no se desplace
- Asegurar los asientos traseros con correas colocadas en diagonal si van desocupados.