Multas por salir a la calle en A Coruña sin mascarilla: desde 600 hasta 30.000 euros
Los vecinos de A Coruña se adaptan desde este jueves al uso obligatorio de la mascarilla en espacios públicos abiertos y cerrados mientras dure el estado de alarma. Eso sí, siempre y cuando no sea posible mantener la distancia mínima de seguridad de dos metros.
Así lo ha publicado este miércoles el Gobierno en el Boletín Oficial del Estado (BOE). El Ejecutivo detalla las reglas y excepciones en el uso de las mascarillas, sin embargo no especifica cuáles serán las sanciones por no cumplir con esta nueva norma.
Sí es conocido que las sanciones por no llevar mascarilla en el transporte público oscilan entre los 601 y los 30.000 euros. En la inmensa mayoría de casos se impone la cifra más baja, 600 euros, y salvo excepciones será la multa a la que tengan que hacer frente aquellos que no lleven puesta la mascarilla en aquellos momentos en los que no esté garantizada la distancia de seguridad.
En la actualidad, las multas por no llevar mascarillas en el transporte público se rigen por la Ley de Seguridad Ciudadana, que es la misma que se sigue para el resto de sanciones por incumplir cualquier otra norma del estado de alarma. Esta ley establece en uno de sus artículos que "la desobediencia o la resistencia a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de delito, así como la negativa a identificarse a requerimiento de la autoridad o de sus agentes o la alegación de datos falsos o inexactos en los procesos de identificación" son infracciones graves que conllevan multas que oscilan entre los 601 y los 30.000 euros.
Diferente en zonas rurales
Su uso será obligatorio siempre que no se pueda guardar la distancia de seguridad de dos metros. Por lo tanto, en Galicia será necesaria en todas las ciudades, incluida A Coruña. Solo en aquellas zonas rurales con menos población se podría escoger si usarla o no. El BOE indica que será obligatoria en espacios públicos abiertos y cerrados.
En cuanto a la edad mínima a la que será necesaria, el Gobierno señala que su uso será generalizado a partir de los seis años. Sin embargo, también es "recomendable" para menores de entre 3 y 5 años. De ahí en adelante, todas las franjas de edad tendrán que usarla.
Excepciones
También ha anunciado el Gobierno los casos en los que no será necesario llevar mascarilla. El más obvio es la excepción para personas con dificultades respiratorias y cuando resulte contraindicado por motivos de salud. Además, tampoco será obligatorio para aquellas personas con alteraciones de conducta que impidan su uso.
Por otro lado, también es opcional la mascarilla en actividades que, por su propia naturaleza, impidan su uso. No queda claro en este punto si están incluidas las actividades deportivas al aire libre, pues se realizan en horarios de máxima afluencia en espacios públicos. Por último, también señala el BOE, se podrá prescindir de la mascarilla por causa de fuerza mayor y situaciones de excepción.
Finalmente, el BOE indica que su uso no será necesario en momentos que resulte incompatible. Por ejemplo, cita la ingesta de alimentos y bebidas en espacios públicos.