Todos los coches, sin importar su tipo de motor, tienen que someterse a la Inspección Técnica (ITV) para detectar posibles fallos que puedan afectar nuestra seguridad al volante. Y cuando decimos todos, son todos. Los coches eléctricos no se escapan de este trámite. Aunque en su caso algunas pruebas son un poco diferentes.
Como no emiten ruidos, los test de ruido quedan automáticamente fuera de su lista de pendientes. Los coches eléctricos tampoco deben someterse a las pruebas de emisiones de gases. Los híbridos, en cambio, sí tienen que enfrentarse a esas pruebas.
Por otro lado, en el Manual de Procedimiento de Inspección están contempladas pruebas específicas para componentes como los cables o las baterías. Asimismo, tanto los coches eléctricos como los híbridos deben aprobar las revisiones estándar: frenos, neumáticos, alumbrado y cinturones de seguridad.
Asimismo, la caducidad de la pegatina de la ITV para coches híbridos y eléctricos es la misma que la de cualquier otro turismo, independientemente del tipo de motor que tengan. En este caso, cabe recordar que los coches nuevos tienen su primera ITV al cumplir cuatro años. Después, la cita para la ITV será cada dos años hasta llegar a los diez años, momento en que la revisión se vuelve una tradición anual.
En cuanto a la documentación, debes llevar contigo la ficha técnica del vehículo y tu documento de identidad.
A modo resumen, los 100% eléctricos se libran de las pruebas de emisiones y ruido, pero el resto de componentes, sin importar el tipo de motor, se someten al mismo escrutinio, con el añadido de los cables y las baterías en los coches electrificados. Los híbridos, por su parte, serán sometidos a todas las pruebas, las de los eléctricos y las de los de combustión interna.