DGT: ¿es obligatorio llevar gafas de repuesto en el coche?
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El carnet de conducir, clave para saber si es o no obligatorio
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Puedes recibir una multa de 200€
La seguridad en la carretera es uno de los puntos más determinantes para la Dirección General de Tráfico (DGT). En sus innumerables reglas y recomendaciones, hay una diversidad patente: desde mirar la presión de los neumáticos antes de un viaje largo, corroborar el buen estado de las carreteras por culpa de la meteorología o llevar utensilios de recambio de máxima necesidad. En este último caso, existe una lista de varios elementos claves que cada conductor debe valorar tener en duplicado.
Dentro de esa lista hay absolutamente de todo, y una de las cosas que crea mucha controversia son las gafas graduadas. Los conductores que necesitan unas gafas para conducir pueden tener muchos imprevistos antes o durante la circulación; imprevisto que pongan en riesgo la integridad de las gafas. Un despiste en una gasolinera, que se caigan en el coche o que se rompan sin querer. Hechos que pueden poner en peligro la integridad de todos los usuarios. Es por ello, que mucha gente se pregunta si es obligatorio llevar unas gafas de repuesto.
La DGT, sobre las gafas de ver y las posibles multas
La realidad es que hace varios años sí era obligatorio llevar unas gafas de repuesto en la guantera de tu vehículo. Obligatorio para aquellas personas que necesitan gafas para ver y controlar la circulación de una manera óptima. No obstante, la actual Ley de la DGT no habla de que sea obligatorio.
Dentro de está coyuntura, sí existe un punto a tener muy en cuenta. Y es que la propia DGT habla de los casos en los que sí es tremendamente obligatorio que un usuario lleve gafas y, por ende, una de repuesto. Todo tiene que ver con un apartado del reverso de tu carnet de conducir. Si no pone nada, no necesitas ningún tipo de gafas. Sin embargo, si aparece la numeración 01.01, cualquier agente que te detenga circulando sabrá de inmediato que debes llevar gafas. De no llevarlas, ni tener ninguna de repuesto, dicho agente puede multarte.
Si eso ocurro, la multa será económica. Se trata de una multa de 200€, ya que conducir sin gafas y teniendo en cuenta que el carnet indica que es obligatorio para dicha persona en cuestión, se trata de una infracción grave. Unos 200€ que, como con cualquier multa de la DGT, puede ser un 50% menos si se paga en un determinado marco temporal.