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El nuevo 'semáforo Covid' trae limitación de horarios en hostelería y ocio nocturno: vuelta atrás
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El nuevo 'semáforo Covid' trae limitación de horarios en hostelería y ocio nocturno: vuelta atrás

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ElDesmarque
Interior de un bar durante el estado de alarma por el coronavirus.
Interior de un bar durante el estado de alarma por el coronavirus.

Los contagios del coronavirus COVID-19 están aumentando y, por lo tanto, también la incidencia acumulada en España. Eso ha hecho que el conocido como ‘semáforo COVID’ que lleva estudiándose durante semanas, tenga un nuevo borrador por parte del Ministerio de Sanidad en el que propone de nuevo limitación de horarios en hostelería y ocio nocturno.

Este ‘semáforo COVID’ mide el nivel de riesgo de la pandemia proponiendo una serie de recomendaciones en cada uno de los escenarios. En él se han revisado al alza los umbrales de la incidencia acumulada, el indicador más conocido de los que se usan para medir el riesgo, de forma que la circulación controlada (que en un principio se llamó nueva normalidad) se considera por debajo de 50 casos por 100.000 habitantes y no de 25. Mientras, el nivel bajo se da hasta 100 (antes era hasta 50); el medio, entre 100 y 300: el alto, de 300 a 500, y el muy alto por encima de 500.

Nuevas medidas del 'semáforo COVID'

Según ABC, siguiendo esos nuevos parámetros, se introducen los siguientes cambios en la limitación horaria tanto para el interior de la restauración (hasta las 23.00 horas en alerta 2, esto es, a partir de la nueva incidencia de 100 casos) y de discotecas y ocio nocturno (cierre a las 1.00 horas a partir de ese mismo nivel). En la hostelería volvería a imponerse la ocupación máxima de 10 comensales por mesa, y estas estarían separadas como mínimo por una distancia de 1,5 metros ya desde el nivel de riesgo medio, donde también vuelve la prohibición de consumir en barra y aforos del 50%.

Para el nivel de alerta superior, los comensales se limitarían a 6, el aforo en interiores se reduce al 25% y tampoco se puede consumir en barra. En el nivel de alerta 4 (incidencia por encima de los 500 casos) se suspendería el servicio en el interior de estos locales, y se les emplaza a continuar con su labor repartiendo a domicilio o para recoger en local.

Para los interiores de discotecas se establece el aforo del 75% ya desde el escenario de riesgo bajo, con baile y canto con mascarilla. A partir del nivel de alerta 2 o riesgo alto el aforo se reduce para estos locales al 50% y se impondría la citada limitación horaria, con cierre a la 1.00 de la noche. En los niveles 3 y 4 no se contempla su apertura.

Imagen de archivo de una discoteca en España antes del coronavirus COVID 19.
Imagen de archivo de una discoteca en España antes del coronavirus COVID 19.

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