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Vuelve la mascarilla en los centros sanitarios: el Ministerio la impondrá este miércoles

Mascarilla obligatoria en los centros sanitarios.

El Ministerio de Sanidad impondrá el próximo miércoles el uso obligatorio de la mascarilla en todos los centros sanitarios de España con el fin de proteger a los ciudadanos de los virus respiratorios. De esta forma, también amparará jurídicamente a las comunidades que ya la han implantado.

Así lo han informado a EFE fuentes del departamento que dirige Mónica García, que especifican que lo hará mediante una declaración de actuaciones coordinadas regulada por el artículo 65 de la ley de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, y que "obliga a todas las partes" incluidas en ella.

Sólo han aceptado la propuesta seis comunidades

Este miércoles es cuando acaba el plazo para que las distintas autonomías analicen la propuesta, del Ministerio, de retomar el uso obligatorio de mascarilla en centros sanitarios. Hasta ahora solo han aceptado seis: Cataluña, Comunidad Valenciana, Aragón, Murcia y, desde mañana, Canarias y Asturias.

El resto aboga por un uso recomendado y así se lo han hecho saber a la ministra durante el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud en el que varios consejeros le han pedido que acompañe los criterios técnicos que avalan esta medida.

Sin embargo, la declaración de actuaciones coordinadas implicará que ellas también deban imponerla.

Misma fórmula que durante la pandemia

Esto ya se utilizó durante la pandemia. Al acabar el estado de alarma y una vez que las comunidades recuperaron sus competencias se impusieron restricciones, tales como las limitaciones horarias de la hostelería, el cierre del ocio nocturno o la prohibición de fumar en la calle.

De acuerdo con la citada ley, la declaración de actuaciones coordinadas en salud pública corresponde al Ministerio de Sanidad, previo acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, con audiencia de las comunidades directamente afectadas, salvo en situaciones de urgente necesidad, "en cuyo caso se tomarán las medidas que sean estrictamente necesarias y se le informará de manera urgente de las medidas adoptadas".

Esta declaración, que "obliga a todas las partes incluidas en ella", debe "responder a situaciones de especial riesgo o alarma para la salud pública", entre otros supuestos.

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