Fuego cruzado entre los administradores y Millán
Nuevo comunicado de los administradores concursales del Xerez Deportivo, que lejos de apaciguar el fuego cruzado en forma de comunicado oficial están creando el ambiente propicio para que la ya desconcertada afición azulina quede descuadrada del todo. Sin olvidar que la tan deseada y pronunciada estabilidad para la firma del convenio parece más que nunca una idea abstracta difícil de conseguir. De hecho, el principal favorecido en este tira y afloja sin sentido para el priopio Gómez y compañía.
El enésimo comunicado es el siguiente:
Ante las precisiones realizadas en el día de hoy por el Dr. Don Antonio Millán Garrido, consejero del Xerez CD, a nuestro comunicado publicado en el día de ayer, debemos hacer las siguientes consideraciones:
1ª.- La Administración Concursal se ratifica, en su integridad, en el comunicado publicado en el día de ayer en la página web del club.
2ª.- Como subraya el Dr. Millán Garrido en su comunicado, y venía a indicarse igualmente en el nuestro, la solicitud de la restitución de las facultades de administración y disposición al consejo precisa del previo acuerdo de éste en tal sentido. En efecto, la falta de pronunciamiento del consejo en cuanto a la reintegración de facultades, que se hacía constar en nuestro comunicado, deviene por la falta de reunión y convocatoria, a la que hace mención el Dr. Millán.
3ª. En relación con lo anterior, debe señalarse, con todo, que el grupo accionarial mayoritario, aun no contando en la actualidad con la mayoría de los miembros del consejo, puede obtenerla por los cauces legalmente establecidos, y solicitar, llegado el caso, el reintegro de las facultades de administración y disposición.
4ª.- En efecto, como escribe el Dr. Millán, en toda organización social la responsabilidad va unida al mando, y la gestión y administración de la sociedad recae, en exclusiva y hasta el día de la fecha, en esta Administración Concursal. La decisión y la responsabilidad directa por los asuntos del club, en exclusiva y hasta el día de la fecha, corresponde a esta Administración Concursal, sin perjuicio de la facultad que le asiste de valerse de otros profesionales o especialistas en la materia, para la mejor toma de decisiones.
5º.- En el comunicado del día de ayer no se niega que las decisiones, la administración y la gestión del Xerez CD es competencia exclusiva y responsabilidad de esta Administración Concursal, ni se descarga, en momento alguno, responsabilidad de ninguna naturaleza en distintos sectores del xerecismo.
6º.- La cuestión, pues, viene a sintetizarse en lo siguiente: primero, que corresponde a esta Administración Concursal velar por los intereses del club y de sus acreedores; segundo, que un concurso de un club de fútbol, como ya se decía, presenta especiales singularidades que deben ser objeto de protección y consideración, como son los aficionados y las entidades y agrupaciones que los representan; tercero, que toda empresa precisa de una razonable estabilidad para el adecuado desarrollo de su actividad; cuarto, que, como también se recogía en nuestro comunicado, ninguna facultad ostenta esta Administración Concursal en la compra y venta de las acciones del "Xerez C.D.", no pudiendo o no debiendo participar en la designación de eventuales compradores o mostrar conformidad u oponerse a la enajenación de acciones; y quinto, que siendo nuestra percepción la ya manifestada en el anterior comunicado, y considerando que la permanencia en la administración, sopesando riesgos y ventajas conforme ordena la Ley Concursal, pudiere no otorgar la estabilidad necesaria, es por lo que esta Administración Concursal ha adoptado la decisión de no oponerse a la solicitud que formalice "ENERGY SPORTS ATLANTIC CLUB, S.L.", a través del correspondiente acuerdo del consejo, de restitución de las facultades de administración y disposición como ya se dejaba anunciado -y ello, por cuanto nuestra permanencia en la administración de la sociedad, según es nuestra percepción, no encontraría sustento ni en los accionistas, ni en los aficionados, ni en el propio concurso, que precisa, para la sociedad y como se ha dicho, de una mínima estabilidad.
7ª. El presente comunicado se hace con carácter excepcional y definitivo, fundamentado en la alta consideración profesional, personal y jurídica que esta Administración tiene del Dr. Don Antonio Millán Garrido, y, especialmente, por la encomiable labor que ha desarrollado y desarrolla en pro del Xerez CD.