Millán, experto en la materia de legislación deportiva, asegura que hay opciones de que el nuevo club (que sería una asociación deportiva) compita en la categoría de bronce, aunque entiende que habrá que pelear para lograrlo: "Se pretende imponer al club refundado que se haga cargo de las deudas corporativas pero el Xerez no dejará prácticamente deudas de este tipo. Por tanto, para esta refundación bastaría con constituir un club e inscribirlo en la competición que correspondiese. Más complicado es que el club refundado se quede con la plaza del Xerez Club Deportivo y el año que viene pueda jugar en Segunda B, pero es posible. Ya ocurrió con otros clubes, como el Lleida o el Terrassa. Se trataría de que la plaza, junto a otros posibles activos, sean vendidos como una unidad productiva y que el comprador fuese el nuevo club de la ciudad. Esta posibilidad sería, desde luego, combatida por la Real Federación Española de Fútbol, pero es una vía que no debe descartarse", declara en Diario de Jerez.
Millán afirma, asimismo, que el Xerez podría competir pese a estar en liquidación: "Sí, una sociedad disuelta y en liquidación no está extinguida. De hecho, clubes como el Polideportivo Ejido han competido en Segunda B estando en liquidación porque no hay normativa federativa que lo impida. En cambio, no podría competir un club en liquidación en Primera o Segunda A", dice.
Acerca de la liquidación y disolución del Xerez Club Deportivo, opina que es la única vía que queda: "La liquidación, que supone la disolución de la sociedad, es, mírese como se mire, un fracaso. Para la ciudad y, especialmente, para su afición es muy triste ver cómo desaparece su club representativo. Pero la realidad es la que es, el Xerez Club Deportivo ha estado mal gestionado y, tras el concurso de acreedores, nadie ha afrontado la única solución real: una ampliación de capital que diera viabilidad a la entidad. Lo deseable hubiese sido seguir compitiendo en Segunda B para estar pronto retornando a Segunda A, pero si el club no es viable no hay más alternativa que la liquidación".
"No olvidemos que la ley concursal obliga a solicitarla cuando, durante la vigencia del convenio, se conoce la imposibilidad de cumplir con los pagos que ya están comprometidos", concluye.