Un juez de Barcelona se ha declarado competente para asumir el 'caso Neymar', tras inhibirse la Audiencia Nacional, lo que es un paso previo para que el supuesto fraude de 13 millones de euros en el fichaje del jugador brasileño por el Fútbol Club Barcelona pueda ser juzgado en la Audiencia de Barcelona.En un auto, que se puede recurrir, el titular del juzgado de instrucción número 22 de Barcelona, Juan Emilio Vilà, acepta la competencia del caso a partir del criterio de que es en Barcelona donde tiene su domicilio social el club azulgrana, donde se decidió el fichaje de Neymar Da Silva Santos Júnior y donde se ordenaron las transferencias de su fichaje en Brasil.
De esta forma, el juez de Barcelona acepta la competencia y ordena modificar el auto de la Audiencia Nacional del pasado 13 de mayo, en el que el juez José de la Mata enviaba el caso a juicio, para que se precise que el órgano enjuiciador será la Audiencia de Barcelona y no la sala penal de la Audiencia Nacional.
La Sección Tercera de la sala de lo Penal de la Audiencia Nacional estimó el pasado 22 de mayo los recursos de apelación del presidente del F.C. Barcelona, Josep Maria Bartomeu, de su predecesor, Sandro Rosell, y del club azulgrana y acordó que el juzgado de instrucción central número 5 se inhibiera en favor de un juez de Barcelona.
Tras serle adjudicado el caso por turno de reparto, el titular del juzgado de instrucción número 22 de Barcelona ha asumido el proceso al considerar que es competente, ya que el fichaje del astro brasileño se dirigió desde la capital catalana.
El juez remarca además que "siempre que legalmente sea posible, la competencia de la Audiencia Nacional ha de ser determinada de manera restrictiva", por lo que, en caso de disparidad de criterios, se debe elegir el que fuerce la inhibición de este tribunal en favor de los juzgados de instrucción.
Poco después de sustituir a Pablo Ruz al frente del juzgado de instrucción central número 5 de la Audiencia Nacional, el juez José de la Mata acordó el pasado 13 de mayo enviar a juicio a Bartomeu, Rosell y al F.C. Barcelona por tres delitos fiscales en el fichaje de Neymar.
La Audiencia Nacional asumió el caso al ver indicios de que se podían haber producido los delitos de apropiación indebida y societario de administración desleal por la presunta distracción de fondos de la entidad y en su perjuicio, así como posible defraudación a la hacienda pública, por más de 13 millones de euros entre 2011 y 2014.
El entonces instructor Pablo Ruz rechazó inhibirse al entender que la supuesta distracción monetaria se consumó en Brasil, ya que fue en ese país donde se ingresó el dinero por el fichaje de Neymar, por lo que entendía que la Audiencia Nacional era la competente, ya que el delito se cometió en el extranjero y sus supuestos autores eran españoles.
No obstante, finalmente la Audiencia Nacional estimó el recurso de los imputados y derivó el caso a Barcelona, al objetar que fue desde Barcelona donde se ordenaron las transferencias al Brasil, por lo que concluyó que el delito se habría cometido en Barcelona, donde el club disponía de sus fondos.
El juez de instrucción de Barcelona asume la competencia porque entiende, además, que en la reforma del Código Penal queda suprimido el artículo 295, relativo al delito societario, que se reestructura en nuevo tipo, del que es competente, ya que se sanciona la conducta de una administración que se exceda de sus funciones y perjudique a la propia entidad.
Por el "caso Neymar", la Fiscalía pidió el pasado 23 de marzo dos años y tres meses de cárcel para Bartomeu y siete años y seis meses para Rosell, así como multas de 3,8 millones y 25,1 millones de euros, respectivamente, y que el club pagara a Hacienda 11,4 millones de euros en concepto de indemnización y una multa de 22,2 millones.
Por su parte, la Abogacía del Estado pidió, en nombre de la Agencia Tributaria, una condena de dos años y tres meses de cárcel para Bartomeu y de seis años y nueve meses para Rosell.