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El Constitucional estudiará si las radios deben pagar por retransmitir fútbol

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad presentada por el Tribunal Supremo en la que planteó si la norma que permite a las emisoras de radio retransmitir sin pago de derechos los partidos de fútbol es constitucional o va en contra de la libertad de empresa.

En una providencia, el pleno del tribunal de garantías admite estudiar el planteamiento de la Sala Tercera, de lo Contencioso Administrativo, del Supremo, que entendió que la norma podría vulnerar los artículos 33 (derecho a la propiedad) y 38 (libertad de empresa y economía del mercado) de la Constitución.

Y da un plazo improrrogable de 15 días al Congreso, al Senado, al Gobierno y a la Fiscalía General del Estado para que se personen en el proceso y formulen las alegaciones que consideren convenientes.

El Supremo presentó el pasado mes de abril una cuestión de inconstitucionalidad contra el artículo 19.4 de la Ley General de Comunicación Audiovisual.

En concreto, lo que le preguntaba al Constitucional es si el precepto de dicha ley que priva a los clubes de fútbol de la posibilidad de explotación comercial de los partidos en lo relativo a las radios, al igual que hacen con las cadenas de televisión, es contrario a la libertad constitucional de empresa.

La Sala entendió que podía ser contraria al derecho de propiedad y eventualmente a la libertad de empresa, en relación a la libertad de contratación, "pues al disponer el libre acceso de los operadores de radio a los estadios 'para retransmitir en directo los acontecimientos deportivos que tengan lugar en los mismos', limita la compensación económica que pueden percibir los titulares de los derechos de retransmisión", es decir, los clubes.

La decisión del Supremo obedeció a la iniciativa de la Liga de Fútbol Profesional, que persigue poder explotar los partidos con las emisoras de radio en condiciones similares a las que lleva a cabo con las televisiones.

El planteamiento se adoptó en el marco de un recurso de la Liga de Fútbol Profesional contra una sentencia de la Audiencia Nacional, ante la que dicho organismo había reclamado contra el acuerdo del Consejo de la Comisión del Mercado de las Comunicaciones que fijó en 85 euros por estadio, partido y operador, la cuantía de la compensación económica a abonar por las radios a los clubes.

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