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Escándalo en el San Lorenzo de Muniain con Néstor Ortigoza: piden su renuncia por un vídeo maltratando a su mujer

Néstor Ortigoza, ex futbolista, en un partido con Paraguay (FOTO: Cordón Press).
Periodista deportiva en todas sus formas.

Un nuevo escándalo ha llegado al fútbol argentino. En esta ocasión, al San Lorenzo de Iker Muniain. El ex del Athletic Club debutó hace tan solo unos días, pero los Cuervos de Boedo se han visto envueltos en las últimas horas en una polémica importante tras los vídeos filtrados de Néstor Ortigoza maltratando a su mujer. 

El caso es que se ha viralizado unas imágenes del exfutbolista de Argentinos Juniors, Rosario y San Lorenzo, entre otros, en las que se le ve maltratando a su pareja, Lucía Cassiau, en un vídeo grabado por las cámaras de seguridad del hogar.

Estos sucesos llegan después de que ella ya presentase en agosto una denuncia contra él por violencia machista y en medio del proceso de separación de la pareja, que tiene dos hijos.

Según medios locales, el mes pasado la Policía registró el domicilio de ella, donde fueron halladas varias armas de fuego y municiones, todas de su propiedad.

Hasta ese momento, Ortigoza era el encargado del fútbol profesional en el club argentino, pero, por desavenencias con el actual presidente, Marcelo Moretti, fue desplazado al puesto de vocal.

Néstor Ortigoza, exfutbolista, en un partido con Paraguay (FOTO: Cordón Press).

Exigen la renuncia de Néstor Ortigoza

Todo ello ha llevado al club argentino San Lorenzo a exigir su renuncia como vocal de la Comisión Directiva al exfutbolista Néstor Ortigoza por su vinculación con "situaciones de violencia por razones de género".

"A raíz de los hechos de público conocimiento que lo vinculan con situaciones de violencia por razones de género, el bloque oficialista mayoritario de la Comisión Directiva de San Lorenzo decide exigirle al vocal titular Néstor Ezequiel Ortigoza que presente su renuncia al cargo, ya que su accionar no representa los valores por los que vela nuestra institución.

El club ha tenido en cuenta los derechos y obligaciones incorporados en nuestra Constitución Nacional, en los Tratados Internacionales de Derechos Humanos, como la Convención Belem Do Para, y especialmente en el art. 7 inc. e) de la Ley de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres (N° 26.485), el cual incentiva a la cooperación y participación de las entidades privadas y los actores públicos no estatales en la lucha para erradicar la violencia de género, el propio protocolo que ampara a nuestra institución en este sentido y con la asistencia de la Subcomisión de Género y Diversidad".

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