El juez titular del Juzgado de Instrucción Número 20 de Madrid ha declarado "concluso" el 'caso Jimmy' al no poder identificar a los culpables del asesinato del aficionado del Deportivo, en una decisión similar a la tomada en 2016 cuando se archivó la causa al establecer que resultaba "imposible" identificar a los autores.
Atendiendo a los recogido por la web IUSPORT, el auto indica lo siguiente: "Así, y por lo que se refiere en primer lugar a la declaraciones del Sr. V. P., debemos de partir de que es notoria y sabida para todas las partes que como coimputado o coinvestigado, su sola declaración no puede ser tenida como prueba de cargo, como señalan multitud de sentencias, ... dicha declaración ha de estar corroborada por algún hecho, circunstancia, o dato externos, pues se traduce de la doctrina constitucional una clara desconfianza hacia este medio probatorio, precisamente por el hecho de que el coimputado no presta sus declaraciones bajo juramento o promesa de decir verdad, y puede, en definitiva, con sus declaraciones, estar buscando, más que el esclarecimiento de los hechos, su propia exculpación".
Además, se apunta al mismo tiempo que "no es posible efectuar un estudio fisonómico de las personas que apare en en dicho vídeo dada su baja resolución. En este sentido, debe quizás recordarse qu este informe está elaborado por una unidad especializada en la determinación de identidades mediante el reconocimiento fisonómico, es decir, son los verdaderos especialista en la materia. Y a tal efecto, exponen que el procedimiento de trabajo de la Comisaría eneral de Policía Científica exige que una imagen tenga un mínimo de treinta píxeles para poder considerarla como apta a los efectos de realizar un estudio fisonómico...".
En consecuencia, el juez determina que "todo lo expuesto me lleva a la conclusión de que no existen indicios racionales de criminalidad para procesar a persona alguna ni por el presunto delito de homicidio/asesinato perpetrado sobre D. Francisco Javier Romero Taboada, ni por el presunto delito de lesiones perpetrado sobre D. Santiago Miguel Aba a Manteiga".
El auto, contra el que no cabe recurso, finaliza estableciendo que "por todo lo expuesto, una vez practicadas las diligencias oportunas para la investigación de los hechos, procede el dictado de auto de conclusión del sumario sin procesamiento alguno, al no existir indicios de criminalidad contra persona o personas determinadas por los hechos investigados en las actuaciones, remitiéndose los autos a la Audiencia Provincial de Madrid, para la confirmación o revocación de la presente resolución".