Un juzgado ha condenado a penas de hasta tres meses de cárcel y la prohibición de acercarse al estadio de fútbol del RCD Espanyol a 11 hinchas ultras de este club que, en mayo de 2016, propinaron una brutal agresión a un miembro de una peña rival, en una carpa de la Feria de Abril de Barcelona.
En su sentencia, el juzgado de lo penal número 9 de Barcelona condena por un delito de lesiones a los once hinchas, pertenecientes a la RCDR Firm -sección de la asociación de aficionados del Espanyol La Curva- y a los que unía su animadversión hacia la Peña Juvenil Españolista 1991, por considerarla de extrema izquierda, motivo por el que se referían a sus miembros como "rojos de mierda".
La sentencia condena a los procesados a penas de multa -de entre 1.800 y 3.600 euros- y de hasta tres meses de cárcel, además de obligarles a indemnizar a la víctima con 22.496 euros y prohibirles acercarse a menos de mil metros del campo del Espanyol de Cornellà (Barcelona), durante períodos que oscilan de cinco a seis años y medio.
Los hechos ahora condenados se remontan al 16 de mayo de 2016, cuando los once ultras fueron al recinto ferial del Fórum con el ánimo de enfrentarse a simpatizantes de la agrupación contraria, y allí localizaron en una carpa a la víctima, a la que propinaron una brutal paliza hasta dejarla inconsciente.
Els @mossos han detingut cinc seguidors de l'Espanyol per apallisar un altre aficionat del mateix club. Va passar durant la Feria de Abril.
— SER CATALUNYA (@SERCatalunya) October 6, 2016
En su sentencia, el juez recuerda que durante el juicio oral el ministerio fiscal modificó sus conclusiones provisionales rebajando su petición inicial de tres años de prisión para cada uno de los once acusados, al aplicar dos atenuantes.
El ministerio público argumentó para sustentar su rebaja de pena que los acusados, con carácter previo al inicio de las sesiones de juicio oral, habían consignado el pago al perjudicado del importe correspondiente a la totalidad de la indemnización por los daños y perjuicios ocasionados.
Además, el fiscal aplicó el atenuante de dilaciones indebidas durante el proceso judicial.
Atendiendo a las modificaciones de penas solicitadas por el ministerio público, el juez de lo penal número 9 de Barcelona ha condenado a un máximo de tres meses de prisión a varios de los acusados, pero no a todos.
Al resto, les impone una pena de doce, diez y seis meses de multa con una cuota diaria de 10 euros.
Asimismo, a varios de ellos, les impone la prohibición de acercase a la víctima a menos de 1.000 metros, ya sea el domicilio, trabajo o cualquier otro lugar, así como a establecer comunicación con aquella por cualquier medio, incluidas las redes sociales.
También, a los once acusados se les prohíbe acercarse a menos de 1.000 metros del campo del Espanyol de Cornellà (Barcelona), durante períodos que oscilan de cinco a los seis años y medio.