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La RFEF podría llevar a la Real ante la UEFA por la nueva liga femenina
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La RFEF podría llevar a la Real ante la UEFA por la nueva liga femenina

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El Desmarque
Las jugadoras de la Real antes de un encuentro. (Foto: Giovanni Batista).
Las jugadoras de la Real antes de un encuentro. (Foto: Giovanni Batista).

La Real Sociedad es uno de los clubes de la Liga Iberdrola advertidos por la Federación Española de Fútbol (RFEF) de ser llevado ante la UEFA. Y es que según informó ayer el portal iusport , la RFEF emitió un comunicado a los clubes de la Liga Iberdrola y que pertenecen a la Asociación de clubes femeninos, que podrían tener consecuencias si no se inscriben en la nueva liga femenina creada por la Federación.

En el escrito les advierte de que si en dos semanas no actúan conforme a las normas de la RFEF, UEFA y FIFA, serán denunciados ante los órganos competentes de la RFEF y de la UEFA.

De los 16 clubes de la Liga Iberdrola sólo dos están fuera de la Asociación, y son el Barcelona y el Athletic.

CARTA EMITIDA POR LA RFEF AL RAYO VALLECANO

Estimado Presidente

Si bien usted conoce perfectamente el contenido de la normativa deportiva nacional e internacional actualmente vigente, nos parece oportuno poner de relieve la necesidad de cumplir con lo previsto en los artículos 20 de los Estatutos de la FIFA y 7 apartado 3 de los Estatutos de la UEFA.

Como Club aflliado a esta Federación conoce, también, lo previsto en los artículos 4, 13 y 20 de los Estatutos de la RFEF, debidamente aprobados por el Consejo Superior de Deportes y publicados en el Boletin Oficial del Estado.

Tampoco deberla ser del desconocimiento del Club que preside, lo previsto en el artículo 15 del Reglamento General de la Real Federación Española de Fútbol que debe recordar, ha sido también aprobado, no sólo por la Asamblea de la Federación sino también por la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes y al que todos los clubes afiliados a la RFEF e inscritos en sus competiciones oficiales les es de aplicación y de obligado cumplimiento.

Desconocemos, porque su Club no nos ha informado, si la entidad que preside ha firmado acuerdos que vulneren el Reglamento General de la RFEF y a estos efectos me permito recordarle la obligación que tiene el Club, en aplicación del artículo 106 del Reglamento General, de informar y solicitar autorización expresa de la RFEF para dichos acuerdos.

Además, caso de haberlo hecho, no debería dejar de lado lo previsto en el artículo 198 del Reglamento General.

Insistimos que como no hemos sido informados de ninguno de los aspectos que eran de obligada comunicación y autorización por parte de la RFEF, desconocemos si el Club que usted preside haya podido realizar alguno de estos actos o simplemente hayan sido otros los que en nombre de usted y de manera ilegítima y contraria a la legalidad vigente hayan podido generar una dinámica contraria a las normas vigentes, cosa que su club debería aclarar de manera inmediata.

Si fuere el caso que por desconocimiento, por mala información o por información equivocada que le hayan podido dar, como por ejemplo interpretaciones erróneas de las resoluciones dela CNMC, su club haya realizado alguno de estos actos contrarios a la normativa vigente, desde la Federación estamos convencidos y aceptamos en primera instancia que lo ha podido hacer, desde el desconocimiento de las consecuencias que dichas acciones contrarias a la legalidad vigente pueden llegar a tener, pero si debe adoptar de inmediato las decisiones que considere oportunas para, como miembro afiliado a la RFEF y participante en sus competiciones oficiales nacionales y/o internacionales, se juste y cumpla de manera escrupulosa con la normativa vigente.

Seguimos estando convencidos que, como miembro de la RFEF, será el primer interesado en cumplir con la normativa vigente que entre todos nos hemos otorgado y rectificará, si fuere el caso, aquellas decisiones, acciones o acuerdos que haya adoptado y que vulneran la normativa vigente. En cualquier modelo asociativo democrático la primera obligación de los miembros es aceptar las reglas vigentes, si consideran que no son adecuadas proponer modificarlas o incluso, si consideran que no son legales, impugnarlas, PERO NUNCA SALTARSELAS O ACTUAR AL MARGEN DE LAS NORMAS ESTATUTARIAS Y REGLAMENTARIAS QUE NOS HEMOS DOTADO ENTRE TODOS. La obligación de un Club es cumplir las normas vigentes, y si alguna norma la considera impropia, impugnarlas, pero nunca hacer caso omiso a la misma.

Si por la razón que fuere y si fuere el caso, y dentro de un plazo razonable de dos semanas, el club que representa decidiere, insisto si fuere el caso, mantener las acciones contrarias a los Estatutos de la FIFA, la UEFA, la RFEF y al Reglamento General de la RFEF le comunico que trasladaremos dicha información a los órganos pertinentes de UEFA y de la RFEF para que procedan en consecuencia. El Club que usted preside debe ser consciente que este no es un tema menor para esta RFEF que entre sus obligaciones está el garantizar el respeto a las normas vigentes como en cualquier modelo asociativo basado en la democracia.

Creo oportuno recordar que las acciones contrarias a la legalidad vigente de un equipo determinado y si las mismas pudieren ser objeto de sanción disciplinaria a nivel nacional o internacional, dicha sanción suele arrastrar a los otros equipos del mismo Club, como se ha podido comprobar en temas como la contratación irregular de menores o hechos similares.

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