Hace unas semanas, el Colectivo de Organizaciones y Competiciones de Deporte Reglado No Federado de la Comunidad Valenciana denunció un “trato desigual” de la administración con el fútbol y deporte no federado. Algo que, a tenor de la nueva resolución, parece resolverse en el apartado 23.3 de la nueva resolución: “Podrán celebrarse competiciones y acontecimientos deportivos organizados por entidades públicas o privadas en todas las categorías y modalidades deportivas.”
Por lo tanto, la Conselleria relaja casi definitivamente las condiciones para la práctica deportiva en los recintos al indicar que podrán celebrarse competiciones y acontecimientos deportivos organizados por entidades públicas o privadas en todas las categorías y modalidades deportivas, sin circunscribirse necesariamente a las federaciones como sucedía hasta la fecha.
Esta modificación incluye a aquellas ligas no federadas, que reclamaban este trato igualitario. Así puedes, ligas de empresas, liguillas organizadas por ayuntamientos, etc. volverán a estar permitidas el próximo lunes.
En el caso de las ‘pachangas’ informales en instalaciones municipales, no hay un apartado específico que recoja la organización de partidos de 7 contra 7, 8 contra 8 u 11 contra 11 con finalidad recreativa o lúdica y sin estar auspiciada por un organismo, empresa o federación.
Eso sí, la nueva normativa incide en varias cuestiones: las competiciones habrán de disponer de un protocolo público de desarrollo de la competición o acontecimiento, que garantice el seguimiento de las medidas de seguridad y de higiene requeridas para la prevención de la Covid-19. Un protocolo que en cualquier momento podrá ser requerido por la autoridad sanitaria. También, en estos casos y al igual que sucede con las competiciones y entrenamientos federados, se podrán usar duchas y vestuarios al 50% de su capacidad.
En instalaciones deportivas cerradas, el aforo será del 50 %, mientras que en las competiciones y acontecimientos deportivos que se celebren en instalaciones deportivas abiertas o al aire libre, en espacios naturales o en la vía pública, no podrán participar más de 1.000 personas deportistas de manera simultánea.
Además, la resolución del DOGV explica que los grupos de 20 personas en recintos abiertos y de 10 en recientos cerrados. Afecta a:
- Práctica de la actividad física tanto individual como dirigida por un profesional.