El informe del Ayuntamiento asegura que la moción del PSOE sobre el Nou Mestalla es contraria al derecho
-
El tercer punto de la moción es "contrario al derecho"
-
"No encontramos norma alguna", dice el informe
-
El Valencia CF presenta un recurso de casación al Supremo por la caducidad de la ATE del Nou Mestalla
El Ayuntamiento de Valencia ha sometido esta mañana de martes a votación la moción del PSOE sobre el Nou Mestalla. Su tercer punto, textualmente, decía así: "Que las fichas de gestión establezcan la obligatoriedad de que el Club deposite una fianza por el valor total de las obras de construcción de nuevo estadio, acreditado por el ayuntamiento sobre un análisis técnico del mismo, para poder obtener la licencia de edificación para la conclusión de la construcción de los usos deportivos previstos sobre la parcela calificada como GSP-1, destinados a albergar el nuevo estadio".
Sin embargo, el informe jurídico presentado por el secretario Municipal (que puedes descargar aquí) Manuel Latorre Hernández al que ha tenido acceso ElDesmarque dice que este tercer punto de la moción es "contrario a derecho". Los dos primeros sí que se amparan en la ley.
Sobre este punto, el informe de la Secretaria Municipal señala que “analizada la normativa valenciana vigente en materia de urbanismo, en el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio, urbanismo y paisaje, aprobado por Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell (TRLOTUP) no encontramos norma alguna que faculte a la administración municipal para exigir al peticionario de una licencia de edificación en suelo urbano una fianza por el valor total de las obras, por lo que tal exigencia carece de cobertura jurídica en la vigente normativa urbanística” añadiendo que “…no existiendo norma jurídica que ampare al Ayuntamiento para exigir una fianza por el valor total de las obras de edificación al solicitante de la licencia, y no habiendo sido asumida tampoco dicha obligación de forma voluntaria en los convenios suscritos por el VCF, SAD con el Ayuntamiento de València, resultaría contraria a derecho la inclusión de esta previsión en las Fichas de Gestión de la Modificación del Plan ATE”.
Más sobre el informe del Ayuntamiento
“En resumen, la inclusión en la Modificación del Plan ATE de la exigencia de una fianza por el valor total de las obras, como requisito sine qua non para la obtención de la licencia para la conclusión de la construcción del nuevo estadio, a nuestro juicio haría incurrir a este instrumento de planeamiento en causa de nulidad de pleno derecho, con nulidad radical o “ex tunc”, por incurrir en infracción del ordenamiento jurídico, ello en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP), ya que se trataría de una disposición administrativa de carácter general –lo planes urbanísticos tienen naturaleza reglamentaria según reiterada jurisprudencia del Tribunal Supremo- que estaría vulnerando las leyes, con manifiesta infracción de los principios de legalidad y jerarquía normativa”.
“Ante el incumplimiento por una de las partes de las obligaciones asumidas en un convenio de colaboración, la reacción de la administración municipal no debe ser la exigencia de garantías carentes del cobertura jurídica, ni tampoco la denegación de la licencia de edificación por aquella solicitada –acto reglado, como se ha dicho, que debe necesariamente concederse si el proyecto se ajusta a la normativa urbanística y al planeamiento aplicable, sin margen de apreciación discrecional para la administración-, sino la resolución del convenio por incumplimiento grave de las obligaciones asumidas, la aprobación de su liquidación y la exigencia a la parte incumplidora de la indemnización que proceda por los daños y perjuicios efectivamente producidos”.
Los tres puntos de la moción del PSOE
El Ayuntamiento de Valencia ha sometido esta mañana de martes a votación la moción del PSOE sobre el Nou Mestalla. Esta constaba de tres puntos clave:
1. Que se apruebe en el pleno de junio la modificación del Plan de Actuación Territorial Estratégica “Valencia C.F.” en los ámbitos estratégicos de cualificación urbana zona a “antiguo Mestalla” y zona b “Corts Valencianes”, que incluyen las fichas de gestión.
2. Que las fichas de gestión incluyan, a falta de la firma de un nuevo convenio, las condiciones que ha de cumplir el nuevo estadio, de manera vinculante, para poder disponer de las plusvalías urbanísticas.
3. Que las fichas de gestión establezcan la obligatoriedad de que el Club deposite una fianza por el valor total de las obras de construcción de nuevo estadio, acreditado por el ayuntamiento sobre un análisis técnico del mismo, para poder obtener la licencia de edificación para la conclusión de la construcción de los usos deportivos previstos sobre la parcela calificada como GSP-1, destinados a albergar el nuevo estadio.