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Guía de sanciones: qué no se puede hacer y cuánto te costará la multa

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El Ministerio del Interior ha remitido una circular a las delegaciones del Gobierno con instrucciones y un modelo para tramitar las sanciones impuestas a quienes incumplen las restricciones del estado de alarma en esta cuarentena por la crisis del coronavirus. Del mismo modo, fija unos criterios a los agentes para la recogida de esas denuncias.

En la comunicación del ministerio, a la que ha tenido acceso Efe, su titular, Fernando Grande-Marlaska, se dirige a los delegados del Gobierno con el objetivo de ordenar criterios en las propuestas de sanción y aclarar aspectos relacionados con "la incoación de procedimientos sancionadores por presunta infracción del artículo 36.6 de la Ley de Seguridad Ciudadana".

La guía de multas del Gobierno durante el Estado de Alarma (Foto: El Español).

En este precepto, que castiga la desobediencia o la resistencia a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones y que está multado con entre 601 a 30.000 euros, están englobadas, explica Interior, las sanciones que se están imponiendo desde más de un mes por incumplir el artículo 7 del real decreto del estado de alarma que limita la libertad de circulación.

En las primeras cuatro semanas de confinamiento las fuerzas y cuerpos de seguridad habían multado por desobediencia a más de 650.000 ciudadanos y, según detalló hace días el ministro, todas las sanciones son remitidas a las delegaciones del Gobierno para su correspondiente tramitación por parte de un instructor.

En su circular a las delegaciones del Gobierno, Interior recuerda que el incumplimiento del estado de alarma "debe considerarse desobediencia a las órdenes dictadas por el Gobierno", teniendo en cuenta que "esos mandatos dirigidos a la ciudadanía han tenido amplia difusión", además de ser publicadas en el BOE.


No obstante, como autoridad competente en todo el Estado en política general de seguridad ciudadana, el ministro del Interior ha remitido a las delegaciones un "modelo de resolución en la incoación de los procedimientos sancionadores" por la presunta comisión de la infracción de desobediencia descrita en el artículo 36.6 de la Ley de Seguridad Ciudadana.

También Interior ha trasladado a las delegaciones una fundamentación jurídica para su posible incorporación a las propuestas de resolución de los procedimientos "adaptándolas a las circunstancias de cada caso concreto".

Por último, envía indicaciones "de carácter meramente orientativo" a los instructores de los expedientes sancionadores, y para los agentes "unos criterios para la recogida de los hechos sancionados en los boletines de denuncia" y la posterior graduación de las sanciones.

Control de Policía durante el Estado de Alarma por el coronavirus.

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  1. Mauro Dieguez

    Esto es una vergüenza, te cascan 600€ por no hacer nada malo, ir a la comprar, cuidar a personas mayores.....a los que os multen la cabeza bien alta, los que deben sentir vergüenza son otros

  2. Mauro

    Esto es una vergüenza, te cascan 600€ por no hacer nada malo, ir a la comprar, cuidar a personas mayores.....a los que os multen la cabeza bien alta, los que deben sentir vergüenza son otros

  3. Edmundo Balsa Franco

    Hola ayer me paraRon La policia local en un coche trafico sin sus correspondents protecciones(guantes) y me impusieron una infraccion estan do a 200 metros de mi casa lo cual me senti indignado pero no paso nada mas iba ya para casa a mi alrededor pasaba gente con patinete electrics y en mis mismas condicionres pero no hicieron nada es legal este tipo de actuaciones imparciales y arbitrarias...me parecio indignant que hagan esto despues de salir a 200 metros de mi casa en 47 dias de cuidar a mi padre en silla de ruedas.

  4. Félix Llavero

    Puedo viajar desde Jaén a Collado Villalba para recoger a mi hijo y sus pertenencias, por haberse quedado sin trabajo? Su dirección del DNI es la de Jaén

  5. Marcos

    Hola , somos 2 residentes de menorca , estamos en galicia y tenemos billetes para el 13 en ferry desde barcelona , debemos llevar algún papel más que el fin de contrato alquiler y el hecho de no estar trabajando , y volver a la residencia habitual gracias

  6. Antonio

    ¿Alguien me puede decir si hay algún sitio donde informarme si puedo ir a la parcela de mi suegro a cortar el agua, la luz, sacar la comida de la nevera, cerrar alguna ventana, apagar la bomba de presión y cortar la hierba que cuando se seca no hay quien la quite y es un riesgo de incendio? Resulta que la ultima vez que estuvimos nadie se imaginaba todo este follón y dejamos las cosas como para ir en dos o tres días. Pero ya hace mucho y aquello necesita todo eso. Mi suegro tiene 91 años y está en una residencia y no podemos llevarle. A la parcela iria yo solo y en un día dejaría todo en orden. Es que no saber esto crea indefensión e inseguridad, no es propio de un país democrático.