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Las visitas a las playas en la fase 2: últimas novedades y propuestas

María García | EFE

España se prepara, semana a semana, para asentarse en la ansiada 'nueva normalidad' tras el COVID-19. A partir de este lunes, gran parte del país accederá a la fase 2 del plan de desescalada impuesto por el Gobierno y el mismo permitirá volver a visitar las playas de la costa nacional con importantes novedades, restricciones y propuestas.

Como punto más llamativo, los ayuntamientos podrán establecer limitaciones de acceso, que en todo caso será gratuito, y de aforo en las playas para asegurar que se respeta la distancia de al menos 2 metros entre bañistas y, para disfrute de más personas, podrá fijarse un límite de tiempo de permanencia.

Son algunas de las indicaciones publicadas este sábado en el BOE, dentro de la orden por la que se modifican otras anteriores para una mejor gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en aplicación del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.

A efectos de calcular el aforo máximo permitido por cada playa, se considerará que la superficie de playa a ocupar por cada bañista será de aproximadamente cuatro metros cuadrados.

Para dicho cálculo se descontará de la superficie útil de la playa, como mínimo, una franja de seis metros a contar desde la orilla en pleamar.

Las playas tendrán limitación de aforo.

El Gobierno destaca en la nueva orden que los bañistas "deberán hacer un uso responsable de la playa y sus instalaciones, tanto desde el punto de vista medioambiental como sanitario, cumpliendo para ello con las recomendaciones y normas establecidas por las autoridades sanitarias".

Se permite el uso de duchas y lavapiés al aire libre, aseos, vestuarios y otros servicios públicos similares, pero su ocupación máxima será de una persona, salvo en aquellos supuestos de personas que puedan precisar asistencia.

Deberá reforzarse la limpieza y desinfección de los aseos, garantizando siempre el estado de salubridad e higiene de los mismos.

El tránsito y permanencia en las playas, así como la práctica de actividades deportivas, profesionales o de recreo se realizarán siempre que en este último caso se puedan desarrollar individualmente y sin contacto físico, y que se mantenga una distancia mínima de dos metros entre los participantes.

La ubicación de los objetos personales, toallas, tumbonas y elementos similares se llevará a cabo de modo que se garantice un perímetro de seguridad de dos metros con respecto a otros usuarios. Con excepción en el caso de bañistas convivientes o del mismo grupo.

Las tumbonas de uso rotatorio deberán ser limpiadas y desinfectadas cuando cambie de usuario.

Las playas, zonas de máxima limpieza

Asimismo, los ayuntamientos asegurarán que se realiza una limpieza y desinfección de las instalaciones y bienes de las playas usando para ello sustancias que no resulten perjudiciales para el medioambiente.

Y se recordará a los usuarios mediante cartelería visible u otros medios las normas de higiene y prevención a observar, señalando la necesidad de abandonar la instalación ante cualquier síntoma compatible con el COVID-19.

Las actividades de hostelería y restauración que se realicen en las playas, incluidas las descubiertas, con concesión o autorización de ocupación o aprovechamiento del dominio público marítimo-terrestre, se regirán por lo establecido en esta orden.

Y los responsables de negocios de motos acuáticas, hidropedales y de cualesquiera otros elementos deportivos o de recreo deberán cumplir con los dispuesto en las órdenes específicas para comercio minorista y, de modo particular, en todo lo que se refiere a higiene y desinfección.

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