El Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) rechazó el recurso interpuesto por el expresidente de la Real Federación Española de Vela (RFEV), José Ángel Rodríguez Santos, contra la Asamblea General Extraordinaria del 6 de octubre en la que se aprobó la moción de censura presentada por Julia Casanueva.En el expediente número 204/2015, el TAD acordó "inadmitir el recurso interpuesto por D. José Ángel Rodríguez Santos contra la resolución de la Asamblea General Extraordinaria de la Real Federación Española de Vela de 6 de octubre de 2015, confirmando dicha resolución en todos sus extremos".
En su expediente, el TAD asegura que el recurso presentado por Rodríguez Santos "es claramente extemporáneo, por lo que resulta inadmisible". "El plazo para la interposición de recurso contra la Asamblea General Extraordinaria es de dos días", explica, "y el recurso se formula el día 20 siguiente, con entrada el 23".
El 6 de octubre fue cuando la Asamblea General de la RFEV aprobó la moción de censura presentada por Julia Casanueva y que "acabó con el resultado de 50 votos a favor por cinco en contra y una abstención", recordó este viernes la RFEV.
Además, "dado el carácter tuitivo de este órgano superior de la justicia deportiva, el Tribunal entiende que no puede tampoco prosperar por razones de fondo".
El TAD considera que la acreditación documental de la Asamblea es "impecable" y que las denuncias del expresidente de la RFEV "se sustentan sobre la versión personal y subjetiva de los hechos". Estos son, según el tribunal, "o bien insostenibles o son cuestiones intrascendentes que no alteran ni afectan al resultado".
Esta resolución "es definitiva en vía administrativa" y contra la misma "podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo, con sede en Madrid, en el plazo de dos meses desde su notificación".