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El caso Cala-Diakhaby, propuesto para sobreseimiento: "No ha quedado acreditado"
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El caso Cala-Diakhaby, propuesto para sobreseimiento: "No ha quedado acreditado"

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Malas noticias para el Valencia CF en su particular lucha contra el racismo y la defensa de su futbolista Mouctar Diakhaby tras el presunto insulto del jugador del Cádiz Juan Cala. Este viernes, el instructor del expediente disciplinario abierto contra Cala en la RFEF ha propuesto el caso Cala-Diakhaby para su sobreseimiento tras no poder ser acreditado el presunto insulto racista del lebrijano al central francés. "No ha quedado acreditado", y "para desvirtuar la presunción de inocencia resulta precisa la certeza de los hechos obtenida de la libre apreciación de las pruebas, certeza que en este caso es inexistente", reza el informe de ocho páginas que ha elaborado el instructor de la causa.

Después de que la investigación de LaLiga Santander tampoco pudiese demostrar lo que supuestamente ocurrió sobre el terreno de juego del Ramón de Carranza según la versión de Diakhaby, la investigación de la RFEF era la última esperanza para el futbolista agraviado, sin embargo, todo indica que finalmente no habrá sanción ni irá a mayores ante la imposibilidad de demostrar nada en el caso Cala-Diakhaby.

Diakhaby y Juan Cala. 
Diakhaby y Juan Cala. 

El Cádiz emite un comunicado oficial explicando la última novedad sobre el caso Cala-Diakhaby.

Este es el comunicado completo enviado por el Cádiz explicando la propuesta de sobreseimiento del expediente sancionador a Cala:

El instructor del expediente sancionador a Juan Cala ha comunicado este viernes al Comité de Competición de la RFEF su propuesta de sobreseimiento del mismo. En un informe de ocho páginas realizado por Juan Antonio Landaberea Unzueta, se concluye que el supuesto insulto racista de Juan Cala a Dyakhaby "no haquedado acreditado", y "para desvirtuar la presunción de inocencia resulta precisa la certeza de los hechos obtenida de la libre apreciación de las pruebas, certeza que en este caso es inexistente", afirma tajante. De esta manera se rechazan tanto las pruebas documentales como testificales aportadas por el Valencia Club de Fútbol.

En el informe se recoge como "ninguno de los numerosos archivos audiovisuales obrantes sirven para discernir un presunto insulto racista", al igual que los informes aportados por la LNFP concluyen "en los mismos términos de negación de la prueba del insulto". Incluso se hace referencia a un segundo informe de la empresa Apherton Grupo Investigación que revela que "el análisis comportamental del jugador expedientado no mira ni se refiere directamente al jugador número 12 del Valencia, no apreciándose direccionalidad en lo mencionado hacia dicho jugador". Además, sobre las puertas presentadas por el Valencia Club de Fútbol se concluye que "no existen ningún testimonio directo ni indirecto del posible insulto", al igual que "todas las pruebas periciales prácticadas concluyen unánimemente" que no existió.

En cumplimiento de lo establecido en el Código Disciplinario de la RFEF, se ha dado un plazo de diez días hábiles para la formulación de alegaciones.

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