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¡Actualizado! ¿Qué se puede o no hacer durante el estado de alarma a partir de este lunes 4 de mayo?

¡Actualizado! ¿Qué se puede o no hacer durante el estado de alarma a partir de este lunes 4 de mayo?

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ElDesmarque

Este lunes 4 de mayo se entra en una nueva fase de la desescalada. A medida que avanzan las medidas hay que recordar que hay medidas de alivio desconfinamiento generado por el coronavirus. La última decisión es que sea por fases. Valencia se podrá sumar a la desescalada explicada por Pedro Sánchez desde el principio, con las Comunidades que mejor ha podido detener la pandemia. El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó este viernes la orden que regula las condiciones en las que se puede realizar actividad física (deporte) no profesional al aire libre a partir de este sábado las personas de 14 años en adelante. Entre otras, se establece que no se podrá utilizar un vehículo motorizado o del transporte público para desplazarse a espacios en los que practicar deporte o pasear. "Queda permitida la práctica no profesional de cualquier deporte individual que no requiera contacto con terceros, así como los paseos", afirma el BOE sobre las novedades con el coronavirus

¿Qué se puede hacer a partir del 4 de mayo en Valencia?

A partir de este 4 de mayo podrán reabrir sus puertas pequeños comercios como peluquerías, librerías, centros de fisioterapia, ferreterías, dentistas o floristerías. Eso sí, será siempre con cita previa, se extremarán las medidas de precaución y todo se realizará de manera individual: un cliente por cada trabajador.

En cuanto a los bares y restaurantes, este lunes se pone en marcha la entrega para llevar. No estarán permitidas las consumiciones dentro del local en esta fase 0, pero los consumidores sí podrán acercarse al bar a recoger la comida. Una comida que tendrá que ser encargada de manera previa por teléfono o por internet.

Bares de Valencia durante el coronavirus
Bares de Valencia durante el coronavirus

En cuanto a los paseos y la práctica deportiva, se mantendrán las franjas horarias que se han llevado a cabo este fin de semana. Los adultos podrán pasear y hacer ejercicio de manera individual entre las 6.00 y las 10.00 horas y entre las 20.00 y las 23.00 horas. Las personas dependientes y mayores de 70 años, entre las 10.00 y las 12.00 horas y entre las 19.00 y 20.00 horas. Y los menores de 14 años podrán salir acompañados de un adulto entre las 12.00 y las 19.00 horas.

Un corredor hace deporte en el río. (Foto: EFE)
Un corredor hace deporte en el río. (Foto: EFE)

Las normas oficiales para la desescalada por coronavirus:

La mascarilla tiene un uso obligatorio en el transporte público a partir de este 4 de mayo, mientras que los viajes en coche dentro de la misma ciudad ya no tienen límite de personas dentro del vehículo.

Mascarillas contra el coronavirus en Valencia (Foto: EFE).
Mascarillas contra el coronavirus en Valencia (Foto: EFE).

Horarios y personas para hacer deporte en la desescalada

El BOE confirma que sólo se podrá salir a la calle para paseos o práctica deportiva una vez al día y únicamente aquellas personas que no tengan síntomas. En cuanto a los paseos, podrás ir acompañado de un conviviente, no podrás superar el kilómetro desde el lugar de residencia y sólo podrá ser de una hora de duración. En cambio, para los deportes individuales (como correr o montar en bici) el único límite está en la localidad de residencia, que en ningún caso se podrá abandonar. Así son las diferentes franjas horarias, unas franjas que no hará falta que se cumplan en los municipios de menos de 5.000 habitantes.

  • Práctica de deporte individual y paseos de los 14 años a los 70: de 6.00 horas a 10.00 horas y de 20.00 horas a 23.00 horas.
  • Salida de personas dependientes y mayores de 70 años: de 10.00 horas a 12.00 horas y de 19.00 horas a 20.00 horas).
  • Los paseos con niños, hasta 14 años: entre las 12.00 horas y las 19.00 horas.

Así mismo, el documento añade que "excepcionalmente, estas franjas horarias podrán no ser de aplicación en aquellos casos en los que por razones médicas debidamente acreditadas se recomiende la práctica de la actividad física fuera de las franjas establecidas, así como por motivos de conciliación justificados de los acompañantes de las personas mayores, menores o con discapacidad".

Requisitos para evitar el contagio

  1. Durante la práctica de las actividades físicas autorizadas por esta orden deberá mantenerse una distancia interpersonal con terceros de al menos dos metros.
  2. Se deben evitar los espacios concurridos, así como aquellos lugares donde puedan existir aglomeraciones.
  3. En la medida de lo posible, la actividad física permitida por esta orden debe realizarse de manera continuada evitando paradas innecesarias en las vías o espacios de uso público. Cuando en atención a las condiciones físicas de la persona que está realizando la actividad sea necesario hacer una parada en las vías o espacios de uso público, la misma se llevará a cabo por el tiempo estrictamente necesario.
  4. Deberá cumplirse con las medidas de prevención e higiene frente al COVID-19 indicadas por las autoridades sanitarias.
  5. Para posibilitar que se mantenga la distancia de seguridad las entidades locales facilitarán el reparto del espacio público a favor de los que caminan y de los que van en bicicleta, en ese orden de prioridad.

Lugares permitidos

  1. Se podrá circular por cualquier vía o espacio de uso público, incluidos los espacios naturales y zonas verdes autorizadas, siempre que se respeten los límites establecidos en esta orden.
  2. No estará permitido el acceso a instalaciones deportivas cerradas para la práctica de las actividades previstas en esta orden.
  3. No se podrá hacer uso de vehículo motorizado o del transporte público para desplazarse a vías o espacios de uso público con el fin de practicar la actividad física prevista en esta orden.

La policía responde sobre el coronavirus y la desescalada

La policía y el estado resuelven todas las cosas que se pueden hacer y que no durante el estado de alarma por el coronavirus. Aquí las normas actualizadas. La brutal crisis del coronavirus (COVID-19) propició que el estado de alarma esté instalado en España. Pedro Sánchez, presidente del Gobierno, anunció esta situación excepcional que dio lugar a la aplicación de medidas "drásticas" durante un largo periodo de tiempo. Los ciudadanos que no cumplan las normas pueden enfrentarse a una series de sanciones que oscilan desde los 100 hasta los 600.000 euros. Ante esta situación, hay muchas preguntas sobre qué se puede o no hacer. La policía, que ya actúa con contundencia contra los que se saltan las normas (véase esta persecución a un ciclista o este control en una de las salidas de la ciudad que generó un polémico atasco)

La Policía, que ya ha puesto más de una multa, explica todas las dudas a través de un documento con las preguntas y las respuestas más comunes estos días en el estado de alarma se hacen todos los españoles inmersos en la crisis del coronavirus

fases desescalada

Pequeñas obras o reformas

Salvador Illa, Ministro de Sanidad, fue cuestionado sobre la posibilidad de retomas las pequeñas obras y reformas que habían tenido que ser interrumpidas o aplazadas por la situación actual de lucha contra el coronavirus. La respuesta de Illa fue la siguiente: "Las actividades que no reporten contacto con las personas residentes donde se esté realizando la reforma, se pueden hacer ya". 

Preguntas y respuestas sobre la desescalada en el estado de alarma

¿Cuándo se podrá visitar a familiares? ¿E ir a la playa? ¿Y acudir a gimnasios y peluquerías? Con esta guía puedes comprobar algunas de las respuestas a las dudas planteadas en torno a la presentación de Pedro Sánchez de las cuatro fases de la desescalada en España.

Lo que aparece en la imagen es lo que aparece en el último texto publicado el pasado miércoles 20 de marzo en el BOE: "Durante la vigencia del estado de alarma las personas únicamente podrán circular por las vías o espacios de uso público para la realización de las siguientes actividades, que deberán realizarse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad, menores, mayores, o por otra causa justificada". Estas son las causas:

a) Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.

b) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.

c) Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.

d) Retorno al lugar de residencia habitual.

e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

f) Desplazamiento a entidades financieras y de seguros.

g) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

h) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza.

"Igualmente, se permitirá la circulación de vehículos particulares por las vías de uso público para la realización de las actividades referidas en el apartado anterior o para el repostaje en gasolineras o estaciones de servicio", aparece en el BOE.

Nuevo decreto por el coronavirus
Nuevo decreto por el coronavirus

¿Qué se puede o no hacer durante el estado de alarma por el coronavirus?

En este gráfico puedes ver cómo se debe ir a hacer las compras

Al salir de casa para hacer compras de primera necesidad ten en cuenta: pueden ir quienes no presenten síntomas; la distancia mínima debe ser de 1-2 metros; tienes que utiliza guantes de usar y tirar para elegir fruta y verdura; no te toques la cara y actúa con empatía.

Y en este otro, como debes hacer las compras en la farmacia

Como comprar con el coronavirus en la farmacia
Como comprar con el coronavirus en la farmacia

Preguntas y respuestas de la policía de Valencia

Además, como ya publicó ElDesmarque Valencia, la policía redactó un extenso documento de preguntas con respuesta sobre lo que se puede o no hacer durante el aislamiento por el coronavirus.

Pregunta – P: ¿puedo desplazarme a mi lugar de trabajo en bicicleta?

Respuesta – R: Sí, sin ningún problema. Si bien sería recomendable portar algún documento que justifique el desplazamiento (certificado de la empresa, tarjeta de empleado, etc.)

P - ¿Se puede salir a bajar al perro?

R - Sí. Siempre que se haga en las inmediaciones del domicilio. No se puede ir a pasear al animal a la playa o al monte, si no es que su domicilio está a escasos metros de esos lugares.

P - Quería saber si una fábrica puede abrir con la aplicación del Estado de Alerta y por tanto los empleados podemos ir a trabajar a dicha fábrica.

R – Sí. Es conveniente que los empleados y personal directivo lleven algún documento o identificación que indique el domicilio de la empresa.

P - Para los que tenemos que trabajar. ¿Podemos llevar a los niños a casa los abuelos? ¿Hay algún problema en llevarlos por la mañana y recogerlos por la tarde?? Iríamos en transporte público es nuestro único modo de transporte.

Pueden hacerlo sin más limitación que siempre que sea posible que sean acompañados por uno sólo de los cónyuges. Igualmente pueden utilizar el transporte público. Intenten guardar distancia de seguridad.

P – ¿Puedo volver a casa después de estar el fin de semana cuidando a una niña porque sus padres llevan haciendo horas en el hospital?

R - Puedo hacerlo sin problemas. Y de las gracias de nuestra parte a esos padres. Entre todos juntos podremos con el virus.

P - Jugar en las canchas deportivas ¿se puede?

R – No se puede. Ni en las públicas ni en las privadas. En el caso de instalaciones deportivas en el interior de comunidades de vecinos, será responsabilidad del Presidente de la Comunidad evitar que esas canchas o instalaciones (pistas de pádel, tenis o piscinas sean utilizadas. En caso de que no se cumpla esta prohibición serán las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad las que procedan a su precinto.

P - Soy repartidor de…, autónomo con mi propio coche y quería saber si puedo ir a trabajar. Supongo que sí podría porque el comercio online está exento de las restricciones ¿verdad?

R – Sí que puede desplazarse a entregar los pedidos, siempre que esos desplazamientos estén justificados mediante los correspondientes albaranes o notas de entrega, sean en papel o digitales.

Policía Valencia contra el coronavirus
Policía Valencia contra el coronavirus

P – ¿Se puede acudir a iglesias o lugares de culto de otras religiones?

R – Las misas han quedado suspendidas por la Conferencia Episcopal en toda España. Igualmente se han cerrado las mezquitas

P – Al lugar donde voy a sacar mi perro van otras personas ¿qué hago?

R – Mantenga distancia de seguridad con las personas. Aunque los animales no transmiten la enfermedad procure no tocar los de otras personas, ni que éstas acaricien al suyo.

P - Mis padres son mayores, puedo traerles la compra mañana si necesitan algo?

Puede hacerles y llevarles la compra sin problemas, siempre que lo haga y la lleve a casa de los padres una persona sola. Igualmente se puede hacer de tal forma a aquellos vecinos que sean personas mayores y lo necesiten Seamos solidarios con nuestros mayores, entre todos podremos con el virus.

P - Los comerciales de recorrido nacional ¿podemos trasladarnos o nos quedamos en la empresa?

R – Todo dependerá de los productos que comercialice su empresa. Si son alimentos o productos de primera necesidad podrá trasladarse siempre que de una forma u otra se justifiquen las visitas a clientes que tiene programadas. Si no son esta clase de productos no podrá trasladarse y tendrá que estar a lo que indique su empresa. Tenga en cuenta que los establecimientos que no vendan alimentos o productos de primera necesidad y aquellos que no estén recogidos den el Real Decreto por el que se dicta el Estado de Alarma, estarán cerrados.

P - Yo estoy volviendo de otro país en coche básicamente por la declaración del Estado de Alarma, supongo que no pasará nada al respecto ¿no?.

Si Ud. tiene su domicilio en España y lo puede justificar no debe de tener problema para circular y llegar a su domicilio. Que tenga buen viaje.

P – Utilizo el carril bici del Jardín del Turia para acudir al trabajo ¿puedo seguir haciéndolo a pesar del coronavirus?

El cauce está cerrado, por lo que no se puede circular por el carril bici del mismo. Por favor, utilice vías alternativas. Gracias.

P: Vivo en XXXXXX y trabajo en YYYYYY, pero tengo que llevar a mi hijo pequeño a casa de los abuelos que está en Valencia ¿podré hacerlo?

R – Sí. Pero será necesario que pueda justificar esos desplazamientos. En su caso deberá llevar:

1.     Su DNI donde conste su domicilio en XXXXXX.

2.     Un documento en el que consten los datos de la empresa y su pertenencia como trabajador a la misma.

3.     Un documento que justifique el domicilio, en este caso, de los abuelos, que puede ser recibo del agua, luz, o similar.

Cuantos más documentos se lleven para justificar esos desplazamientos mucho mejor

P – Tengo que irme de la ciudad en breve y al tener una motocicleta quería pasar la ITV antes de irme y dejársela a un familiar ¿cómo lo hago?

R - Los trámites administrativos se han suspendido y se interrumpen los plazos en tanto dure el Estado de Alarma. En el momento que salgamos de esta situación, que entre todos saldremos, se lo aseguramos, podrá ir a pasar la ITV. Si Ud. no puede hacerlo de forma personal podrá hacerlo su familiar con una autorización suya y portando los documentos necesarios para realizar la ITV.

P – Trabajo en la construcción y estamos haciendo una obra en una zona fuera de Valencia y dónde no llega el transporte público. ¿Puedo ir con mi coche? Asimismo viene conmigo un compañero que no tiene coche, ¿puede seguir haciéndolo?

R - Puede trasladarse al lugar donde se está haciendo la obra, pero justifique de alguna manera ese desplazamiento (certificado de la constructora, arquitecto, etc.) En cuanto a su compañero que intente llegar al lugar más cercano posible en transporte público y a partir de ahí o caso de no ser posible que vaya en su coche y procurando mantener la mayor distancia de seguridad entre ambos y con el coche ventilado.

P – Ha fallecido un familiar ¿puedo ir al tanatorio y posterior inhumación y/o incineración?

R - Consulte con la empresa funeraria antes de desplazarse por si hubiera algún tipo de restricción. En caso de que no haya restricción puede hacerlo justificando de alguna manera ese desplazamiento (p.ej. lleve el teléfono del tanatorio y si es necesario justificar ante la Policía efectúe llamada y que los compañeros comprueben). Intentemos colaborar entre todos.

P – Vivo fuera de València y tengo que acudir a casa de mis padres que son mayores y en situación de riesgo. Ellos sí que viven en dicha ciudad a llevarles medicamentos ¿Puedo hacer ese desplazamiento, y cómo podría justificarlo?

R – Puede realizar el desplazamiento sin problemas. Únicamente, en caso de que se lo soliciten las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, tendría que justificarlo de alguna manera, p. ej. con la propia receta, que estará a nombre de sus padres, y algún documento del domicilio de los mismos. En caso de que no disponga de este último los compañeros de Policía o Guardia Civil podrán realizar comprobación del domicilio de sus padres a través de la Sala 092 de PLV. Para próximos días le recomendamos obtener un documento que justifique el domicilio de sus padres. Y le deseamos que se mejoren.

P – Soy comercial y trabajo para un almacén de fontanería ¿puedo seguir visitando a mis clientes?

R - Le recomendamos que en la medida de lo posible efectúe sus visitas de forma telemática, y en caso de que no pueda que las programe con sus clientes, teniendo en cuenta si ellos ejercen su actividad, que no podrá ser de venta de sus productos, salvo casos de fuerza mayor, y sí de reparaciones. Con la agenda debidamente programada podrá justificar sus desplazamientos.

P – Pueden ir dos o más personas en un mismo coche para desplazarse al trabajo.

R – Le recomendamos que no utilicen el mismo coche. Es preferible usar varios vehículos o que usan el transporte público aquellas personas que no dispongan de vehículo.

P – Si tengo que llevar a una persona a su domicilio en coche ¿puedo?

R – Si esa persona se encuentra en estos momentos en su domicilio y no exista forma de que vuelva a su domicilio en transporte público puede hacerlo. En caso de que no se halle con Ud. dígale que evite el desplazamiento.

P – ¿Se puede bajar al cauce a pasear al perro en la crisis con el coronavirus?

R – No. El cauce y otros parques permanecen cerrados. Hágalo en las inmediaciones de su domicilio.

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  1. Noelia

    Vivo en Valencia, pero por motivos laborales tengo una habitación rentada en Madrid, debo ir a recoger mis cosas porque voy a entregarla, ¿puedo hacer este viaje en coche?

  2. Artur

    Se puede ir a pueblo con la familia?si el pueblo está a 30km?

  3. Artur

    Se puede ir a Publio con la familia?si el pueblo está a 30km?

  4. María Victoria Salvador Muñoz

    Vivo en Silla, mi hija que está en el paro y mi yerno que es de riesgo, viven en burjasot. Puedo desplazarme para llevarles comida y mascarillas? Como lo puedo justificar si me paran?

  5. María Victoria Salvador Muñoz

    Viví en Silla, mi hija que esta en el paro y mi yerno que es de riesgo, viven en genitales. Puedo desplazarme para llevarles comida y mascarillas? Como lo puedo justificar si me paran?

  6. María Victoria

    Viví en Silla, mi hija que esta en el paro y mi yerno que es de riesgo, viven en genitales. Puedo desplazarme para llevarles comida y mascarillas? Como lo puedo justificar si me paran?

  7. Jose angek

    Puedo llevar a mi mujer al trabajo en mi coche?

  8. Jose

    Puedo llevar a mi mujer al trabajo en mi coche?

  9. Tania cantoral llorens

    Yo vivo actualmente en lliria, pero en el municipio de Burjassot tenemos a las abuelas en domicilios distintos. En el caso de yo no poder por los turnos de trabajo bajar a atenderlas, podría desplazarse mi hija en metro desde Lliria hasta Burjassot?

  10. Julian

    Trbajo end la construccion vivo end valencia y tenwmos k ir a barcelona kedandonos hay toda la semana.podria hacerlo?

  11. jose maria davo ortega

    Puede venir el jardinero a arreglar el jardin de mi vivienda particular

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