Estas son las nuevas normas para los patinetes eléctricos en 2024
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Si tienes o quieres un patinete eléctrico, debes conocer la nueva normativa para 2024
La movilidad eléctrica ha experimentado un crecimiento notable en los últimos meses, ganando especial relevancia desde el año 2023. Este cambio no se ha limitado únicamente a automóviles, furgonetas, autobuses y taxis, sino que también ha alcanzado a las bicicletas y los patinetes eléctricos, que se han convertido en una opción cada vez más popular.
Cuando se trata de patinetes eléctricos, es esencial tener en cuenta la normativa específica en materia de movilidad eléctrica. Un Vehículo de Movilidad Personal (VMP), según el Reglamento General de Vehículos, se define como un vehículo de una o más ruedas, con una única plaza, propulsado exclusivamente por motores eléctricos. Estos motores pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima entre 6 y 25 km/h y solo pueden contar con un asiento o sillín si están equipados con sistemas de autoequilibrado.
Los conductores de patinetes están obligados a seguir la normativa del resto de conductores
La circulación de los patinetes eléctricos está prohibida en travesías, vías interurbanas, autopistas, autovías y túneles urbanos, así como en las aceras dentro de ámbitos urbanos. A pesar de su apariencia lúdica, estos vehículos se consideran como tales, y sus conductores están obligados a cumplir las normas de circulación, al igual que otros conductores, como las mismas tasas máximas de alcohol permitidas por la Ley de Seguridad Vial, así como a la prohibición de conducir con presencia de drogas en el organismo. Tampoco pueden llevar auriculares puestos, ni hacer uso del móvil o cualquier otro dispositivo mientras van conduciendo. Además, los conductores VMP están obligados a utilizar casco de protección, en los términos que reglamentariamente se determine. La DGT está ya trabajando en este desarrollo normativo de forma conjunta con los ayuntamientos y con los actores implicados.
A partir del 22 de enero de 2024, solo se podrán comercializar Vehículos de Movilidad Personal certificados en desplazamientos urbanos. La DGT ha implementado estos cambios en la normativa con un enfoque en la seguridad vial y la protección tanto de los conductores de estos vehículos como del resto de usuarios de la vía.
Novedades en la normativa del uso de patinetes eléctricos
La normativa establece diversas condiciones que los usuarios de patinetes eléctricos deben cumplir:
- Velocidad: Los VMP pueden circular a una velocidad máxima de 25 km/h, con sistemas de antimanipulación tanto para la velocidad como para la potencia. Deben disponer de un indicador de información visible que muestre la velocidad y el nivel de la batería.
- Sistema de frenado: Todos los VMP deben tener dos frenos independientes, con una desaceleración mínima de 3,5 m/s2. Aquellos con más de 2 ruedas deben contar con freno de estacionamiento.
- Visibilidad: Los VMP deben estar equipados con catadióptricos frontales, laterales y traseros, y la luz de freno debe diferenciarse o combinarse con la luz trasera.
- Avisador acústico: Será obligatorio disponer de un avisador acústico, y aquellos destinados a servicios también deben llevar un avisador de marcha atrás.
- Sistema de estabilización en aparcamiento: VMP con menos de 3 ruedas deben tener un sistema de estabilización, como una pata de cabra lateral o caballete central, para evitar caídas al aparcar.
- Ruedas: Se establece un diámetro mínimo de 203,2 mm para las ruedas, que deben tener una superficie rugosa que permita la adherencia al terreno.
- Plegado seguro: Los VMP deben contar con un doble sistema de seguridad para mantenerse bien acoplados mientras están plegados, evitando aperturas involuntarias.
- Marcaje: Todos los VMP deben tener un marcaje de fábrica único, permanente y legible, que incluya información sobre velocidad máxima, número de serie, número de certificado, año de construcción, y marca y modelo.