La AEPSAD confirma los controles antidopaje en el Deportivo-Levante, Getafe-Eibar y Sporting-Racing
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La Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte (AEPSAD) ha confirmado hoy que los únicos partidos de la pasada jornada de la Liga BBVA en los que programó controles antidopaje fueron Deportivo de la Coruña-Levante y Getafe-Eibar, junto al Sporting-Racing de la Liga Adelante.
El organismo que dirige Enrique Gómez Bastida asegura en un comunicado que "para el partido Atlético de Madrid-FC Barcelona del pasado fin de semana no estaba prevista la realización de controles antidopaje", pese a las informaciones sobre la imposibilidad de hacer los controles previstos en el encuentro del Vicente Calderón por las celebraciones ante la consecución del título por el Barça.
La AEPSAD explica que los criterios de selección de los equipos de fútbol para controles en competición y fuera de ella se establecen en su Plan Anual de Distribución de Controles, que tiene en cuenta diversos factores, y precisa que el fútbol es el deporte al que más controles se somete en España con un total de 1.058 en la temporada 2014-2015 (675 en Primera división y 383 en Segunda).
"Distribución equitativa del número de controles entre los distintos equipos pertenecientes a la misma categoría; consideración de los controles realizados a los equipos españoles en competiciones internacionales al objeto de evitar duplicidades en los mismos; rendimiento de los equipos en el transcurso de la temporada deportiva; objetivos del equipo en cada momento de la temporada, tanto por título, clasificación a competiciones europeas, permanencia, etc", son los factores que se tienen en cuenta. La AEPSAD señala además que "el Atlético de Madrid y el FC Barcelona, por su participación en distintas competiciones de carácter internacional y nacional, se encuentran sujetos a un mayor número de controles de dopaje, tanto dentro como fuera de competición".
En el comunicado recuerda también que la propia AEPSAD es "el organismo competente para planificar y realizar los controles en todas las disciplinas deportivas españolas, sin perjuicio de que las federaciones nacionales e internacionales puedan planificar y realizar controles antidopaje en el ámbito de sus competencias"."La AEPSAD remarca que bajo ningún concepto un estado de 'caos, euforia y máxima alegría y felicidad', tal y como se sugiere en la información publicada por un diario deportivo, puede ser motivo de suspensión o anulación de un control antidopaje", añade. El texto concluye con la afirmación de que "la negativa a someterse a un control de dopaje es una infracción muy grave según la Ley Orgánica 3/2013, de 20 de junio, de Protección de la Salud del deportista y Lucha contra el Dopaje en la actividad deportiva, sancionada con suspensión de licencia federativa de dos años y multa de 3.001 a 12.000 euros".