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El futuro de Sadiku solo pasa por una salida

Sadiku en un entrenamiento del Levante UD (David González).
Luis Sancho

El delantero del Levante, Armando Sadiku, no puede ser dado de alta de nuevo por el conjunto de Orriols según ha podido saber ElDesmarque, por lo que solo se contempla una salida para que el albanés recupere sensaciones tras su grave lesión de rodilla. "Un futbolista podrá estar inscrito en un solo equipo de un club, sin posibilidad de ser dado de baja y alta por el mismo en el transcurso de la misma temporada, salvo caso de fuerza mayor o disposición reglamentaria", asegura el reglamento de la RFEF en su artículo 116. La opción más viable es una cesión para el jugador, que termina contrato el 30 de junio de 2020.

Sadiku se lesionó el pasado 4 de agosto en un encuentro de pretemporada frente al Herenveen que acabó con victoria granota por 1-3, pero con la lesión de gravedad del atacante que perdió la oportunidad de tratar de convencer a Paco López o de salir en verano, ya que contaba con propuestas especialmente de Turquía. Por lo que fue dado de baja a principios de agosto, dejando su dorsal a Moses Simon y siendo Borja Mayoral el que cerró la plantilla de 25 efectivos.

Por lo que el futuro del internacional solo pasa por una salida. Varios equipos se han interesado por la situación del jugador que, de momento, ultima su proceso de recuperación bajo la tutela del Levante antes de emprender un nuevo camino para devolver las sensaciones tras seis meses parado. Equipos de Segunda División se han interesado por el delantero.

"Artículo 116. Limitaciones.

1. Los futbolistas no pueden poseer simultáneamente ninguna otra clase de licencias propias de la actividad del fútbol. Se exceptúa el caso de que actúen como entrenadores o técnicos de equipos dependientes o filiales del club por el que estén adscritos, en cuyo supuesto podrán simultanear ambas licencias siempre, desde luego, que posean la pertinente titulación. 

Asimismo, las federaciones de ámbito autonómico podrán, en el ámbito de sus competiciones, exceptuar aquellos casos en que los futbolistas actúen como entrenadores, técnicos o delegados en otros clubes adscritos a categoría autonómica o inferior, siempre, desde luego, que posean la pertinente titulación. Todo ello sin perjuicio de lo establecido en el artículo 165 del presente reglamento general.

2. Un futbolista podrá estar inscrito en un solo equipo de un club, sin posibilidad de ser dado de baja y alta por el mismo en el transcurso de la misma temporada, salvo caso de fuerza mayor o disposición reglamentaria. Asimismo, en el trascurso de la temporada, no podrá estar inscrito y alinearse en más de tres distintos.

Como excepción a la regla anterior, estará permitido que futbolistas de fútbol y fútbol sala de un mismo club, sean alineados en ambas competiciones, indistintamente, siempre que los partidos se disputen en días diferentes, sin necesidad de cambiar de licencia, siempre y cuando
cumplan con la reglamentación FIFA a este respecto.

3. No se expedirá ninguna clase de licencia de futbolistas, ni se aceptarán renovaciones de éstas, a los clubs que tengan deudas pendientes con personas físicas o jurídicas integradas en la organización, siempre que aquéllas estén reconocidas en la forma que establece el artículo 192 del presente ordenamiento. Si habiéndose formalizado reclamación, tal resolución no hubiese recaído, deberá consignarse el importe de aquélla".

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