Ya hay resolución definitiva del 'caso Chumi'
Ya hay resolución definitiva por la alineación indebida de Chumi protagonizada por el F.C. Barcelona en la ida de los octavos de final de la Copa del Rey.
La Jueza Única de Competición falla a favor del Levante al confirmar que el Barça sí cometió alineación indebida. Sin embargo, esta resolución no tendrá ningún efecto en el plano deportivo ya que la queja por parte del club de Orriols se produjo fuera de plazo. En este sentido, no habrá ningún cambio en lo que a la marcha normal y deportiva de la Copa del Rey se refiere. El Barça, a pesar de haber cometido alineación indebida, disputará la final del torneo del K.O. ante el Valencia el próximo 25 de mayo en el estadio Benito Villamarín.
La Jueza Única de Competición se ha manifestado con el siguiente fallo:
"Declarar la alineación indebida del jugador del FC Barcelona, D. Juan Brandáriz Movilla, formulada por el club Levante Unión Deportiva, SAD, con relación al partido de ida de octavos de final del Campeonato de España/Copa de S.M. EL Rey, disputado entre ambos clubes el día 10 de enero de 2019.
Aunque a dicha alineación indebida correspondería la imposición de las consecuencias previstas en el artículo 76 del Código Disciplinario de la RFEF, la misma no resulta posible en este caso en aplicación a lo ordenado por el TAD a esta Jueza Única de Competición mediante Resolución de 8 de marzo de 2019."
"No resulta posible imponer las consecuencias previstas en el Código Disciplinario de la RFEF porque la apelación se hizo fuera de tiempo."
El TAD obligó a reabrir el caso
Tal y como ha venido informando ElDesmarque, el recurso fue tumbado por el Comité de Competición y el de Apelación al considerar que este no era válido ya que había sido presentado fuera del plazo que marca la norma.
Aún así, el Tribunal de Arbitraje Deportivo ordenó la reapertura del caso para un nuevo análisis por parte de la Jueza Única de Competición al considerar que el hecho de que el recurso había sido presentado fuera de plazo, no implicaba la desaparición de la alineación indebida.
No habrá consecuencias deportivas
El fallo de la Jueza Única de Competición lo deja bien claro: "No resulta posible imponer las consecuencias previstas en el Código Disciplinario de la RFEF porque la apelación se hizo fuera de tiempo."