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Los tres motivos de la RFEF para no aplazar el Málaga-Cádiz
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Los tres motivos de la RFEF para no aplazar el Málaga-Cádiz

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F. N.
Jofre y Caminero, en La Rosaleda (Foto: Paco Rodríguez).
Jofre y Caminero, en La Rosaleda (Foto: Paco Rodríguez).

Poco antes de las 11:00 horas la Real Federación Española de Fútbol, a través del Comité de Competición, oficializó que el Málaga-Cádiz previsto para este sábado se jugará, como estaba acordado, a las 18:00 horas en La Rosaleda. El club blanquiazul esgrimió sus motivos para solicitar el aplazamiento, que versaban en la imposibilidad de contar con al menos 11 futbolistas con ficha del primer equipo. El parón internacional y los lesionados dejaron a la plantilla bajo mínimos, aunque esta tesitura no ha sido tomada como un caso de "fuerza mayor", el reducto de la norma a la que el Málaga se agarraba.

Porque la RFEF, a través de tres puntos, echó abajo la petición malaguista. En resumen, el ente futbolístico recordó la base del artículo 239.3, en el que textualmente se señala que "en ningún caso  podrán invocar los clubs como fuerza mayor para solicitar tal suspensión y tal aplazamiento de un encuentro la circunstancia de no poder alinear a determinados futbolistas por estar sujetos a suspensión federativa, por padecer enfermedad o lesión, o por haber sido llamados para intervenir en sus selecciones nacionales". A su vez, la RFEF amplió este punto indicando que las bajas no han hecho que la plantilla haya quedado reducida a menos de once jugadores, lo que hubiera supuesto una excepción a la que el Málaga podría haberse agarrado.

El segundo punto detalla que los clubes de Primera y Segunda disponen de "un máximo de 25 licencias de futbolistas del primer equipo", número al que no llega el Málaga, pero no es algo que compete a la RFEF. Por ello, no tenerlas ocupadas "no puede ser ahora argumento para acordar la suspensión del encuentro". Por último, el organismo futbolístico subrayó que "el artículo 223 del Reglamento General permite que el encuentro comience si cada uno de los equipos comparece con sólo siete futbolistas de la plantilla".

A continuación, los tres puntos completos redactados por la RFEF:

  1. Debe tenerse en cuenta, en primer lugar, lo previsto en el artículo 239.3 del Reglamento General de la RFEF. En virtud de este precepto “en ningún caso podrán invocar los clubs como fuerza mayor para solicitar tal suspensión y tal aplazamiento de un encuentro la circunstancia de no poder alinear a determinados futbolistas por estar sujetos a suspensión federativa, por padecer enfermedad o lesión, o por haber sido llamados para intervenir en sus selecciones nacionales”. Se enumeran precisamente, por tanto, las tres razones aducidas por el club para solicitar la suspensión del encuentro. Es cierto que se añade un último inciso que precisa que “sí se considerará, en cambio, como fuerza mayor, el hecho de que por circunstancias imprevisibles causen baja, simultáneamente, un número de futbolistas que reduzca la plantilla a menos de once”. En contra de lo mantenido por el club, no se da en este caso el supuesto de hecho que permite la aplicación de este inciso, puesto que la plantilla no ha quedado reducida a menos de once jugadores. Esta excepción a la regla general que establece el apartado tercero del artículo 239 no se aplica en casos en los que no pueden participar más de 11 jugadores si es por las razones expresamente excluidas en él, como es el caso.
  2. Este Comité tiene que recordar además que de acuerdo con el artículo 121.1 del mismo Reglamento General, “los clubes de Primera, Segunda División podrán obtener hasta un máximo de veinticinco licencias de futbolistas en su primer equipo”. El hecho de que el club que solicita la suspensión no haya tramitado el máximo de licencias posible no puede ser ahora servir de argumento para acordar la suspensión del encuentro. El hecho de que el mencionado artículo 121.1 permita la obtención de hasta veinticinco licencias sirve para prevenir, precisamente, situaciones como las que han dado lugar a la que ahora nos ocupa.
  3. Por último, cabe subrayar que el artículo 223 del Reglamento General permite que el encuentro comience si cada uno de los equipos comparece con sólo siete futbolistas de los que conforman la plantilla de la categoría en que militan. El artículo 228 del Reglamento permite completar el equipo con jugadores del equipo dependiente. De hecho, se trata de una posibilidad a la que ya ha recurrido el Málaga CF, SAD, con anterioridad.

Tras la confirmación de que el partido se disputará, el Málaga emitió un comunicado:

El Málaga CF solicitó a la RFEF la suspensión del partido de este sábado en La Rosaleda, ante el Cádiz CF, si bien el organismo federativo ha denegado la petición del Club.

El equipo blanquiazul afrontará el próximo encuentro de LaLiga SmartBank con cuatro bajas de jugadores citados por sus selecciones nacionales: Munir, Juanpi, Mikel y Lorenzo. A su vez, no estarán disponibles Adrián (sanción federativa) ni varios futbolistas lesionados o con molestias físicas, cuya participación en dicho encuentro podría suponer un riesgo de lesión de mayor relevancia. Además, tampoco estarán disponibles varios de los jugadores con ficha del filial, pero que son habituales en la dinámica del primer equipo como Keidi Bare, Hicham, Hugo o los juveniles Ismael Casas y Ramón.

Por ello, en tiempo y forma acorde con la reglamentación vigente, el Club había solicitado a los organismos federativos pertinentes la suspensión del Málaga-Cádiz fechado para este sábado 12 de octubre, a las 18:00 horas, en el Estadio La Rosaleda.

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  1. Blubay

    Mucho artįculo de m***** pero sabiendo que el Malaga tiene pocos jugadores didponibles encima llama a los filiales del Malaga a jugar con España y quitarle mas jugadores, eso es querer machacar al malaga. La RFEF es una tramposa y enemigo declarado del malaga.

  2. JFM

    ¿Cuándo va está directiva a dejar de hacer el ridículo? ❗Al-Thani vete ya❗

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