El límite salarial 'obliga' a hacer milagros
Este jueves, en Madrid, LaLiga Santander ha celebrado las Juntas de Primera y Segunda división. Durante las mismas, se han hecho públicos los límites salariales de todos los clubes de LaLiga Santander y LaLiga 1|2|3. En esta lista se ha podido observar el gran salto que existe entre el primero, el Málaga CF, y, por ejemplo, el Real Zaragoza, en decimotercer lugar.
El club zaragocista tiene un límite de 6,367 millones de euros, mientras que el del Málaga es de 25,245. Esto deja a la entidad dirigida por Christian Lapetra con apenas un cuarto del tope salarial del recién descendido cuadro malaguista, mientras que cuenta con un tercio de la capacidad máxima de gasto de los otros dos equipos que completaron la Segunda división esta temporada, Las Palmas (19,284) y Deportivo de La Coruña (18,513), segundo y tercero en la lista respectivamente.
No obstante, el objetivo de los tres equipos será el mismo de aquí al final de la campaña 2018/2019: el ascenso a la máxima categoría. Este salto tiene una explicación. Los escalones están bien diferenciados por las ayudas de compensación al descenso que concede LaLiga Santander para amortiguar el desastre deportivo y económico que supone para un club perder la categoría. El Málaga, de hecho, tiene mayor tope salarial que un recién ascendido a Primera como el Valladolid (23,882).
Aunque en menor medida, el tope del Zaragoza también observa una gran diferencia con los tres equipos que descendieron de Primera en la temporada 16/17. Osasuna, en cuarto lugar (10,917); el Sporting de Gijón, en quinto (11,118); y el Granada, sexto con 9,543 son los que más se acercan a los tres 'peces gordos'.
Les siguen el Tenerife (8,3 millones) y el Real Oviedo (8 millones), quedando así el Cádiz noveno (7,903) y, cerrando el top 10, el Almería con 6,9 millones.
Los límites más bajos
El Real Zaragoza, con sus 6,3 millones, supera sin embargo a entidades como Numancia (5,9), Nàstic (5,2), Extremadura y Lugo (5) o a clubes como el Córdoba, el Elche o el Reus que cierran la clasificación con menos de 4 millones de límite salarial.
¿Qué incluye este límite salarial?
Así lo ha explicado LaLiga Santander en su comunicado oficial:
“Este límite de coste de plantilla es el importe máximo que cada club/SAD puede consumir durante la temporada 2018/2019, y que incluye el gasto en jugadores, primer entrenador, segundo entrenador y preparador físico del primer equipo (plantilla inscribible según el Artículo 38 de las Normas de Elaboración de Presupuestos). Este límite incluye además el gasto en filiales, cantera y otras secciones (plantilla no inscribible, según se define en el Artículo 38 de las Normas de Elaboración de Presupuestos).
Este límite incluye el gasto en jugadores, primer entrenador, segundo entrenador y preparador físico del primer equipo, además del gasto en filiales, cantera y otras secciones
Los conceptos que se incluyen en el límite de coste de plantilla deportiva inscribible y no inscribible son: salarios fijos y variables, seguridad social, primas colectivas, gastos de adquisición (incluidas comisiones para agentes) y amortizaciones (importe de compra de los jugadores imputado anualmente en función del número de años de contrato del jugador).
Cada club o SAD propone a LaLiga Santander su límite de Coste de la Plantilla, en cumplimiento de las normas de elaboración de presupuestos de clubes, correspondiendo al Órgano de Validación de LaLiga Santander aprobar el límite propuesto o, en su caso, rectificarlo hasta el importe que garantice la estabilidad financiera del Club.
La solicitud que tramita un club/SAD de su Límite de Coste de la Plantilla Deportiva no siempre corresponde con su límite máximo. Un club/SAD puede solicitar el límite que estime oportuno para hacer frente a su presupuesto de gastos deportivos, siempre que no supere su límite máximo. Conviene aclarar igualmente que la solicitud del Límite del Coste de la Plantilla Deportiva no implica que vaya a ser consumido en su totalidad.
El Límite del Coste de la Plantilla Deportiva puede verse incrementado en las condiciones y con el procedimiento que se establecen en el Título III de las normas de elaboración de presupuestos de clubes y SADs”.