Sanciones por no usar mascarillas en València: Pedagogía, un aviso y luego posible multa
La policía de València ha optado por la pedagogía en el primer uso obligatorio de mascarillas. Las sanciones y multas quedan reservadas para casos graves o reincidentes. La obligatoriedad de usar mascarilla en público ha generado tantas dudas entre los ciudadanos y sus posibles sanciones que la policía de València ha tenido que explicarlas y aplicarlas en el primer día. El primer día de su uso obligatorio, sin embargo más que sanciones se ha echado mano de la pedagogía más que de las multas. Las fuerzas policiales de la Comunitat han optado este jueves por desarrollar una labor pedagógica, más que por sancionar, en el primer día en que los ciudadanos mayores de 6 años están obligados a usar mascarilla en los espacios públicos donde no se pueda mantener una distancia de seguridad de dos metros. Las fuentes consultadas por EFE han señalado que en las primeras jornadas cuando entran en vigor nuevas medidas se intenta en general informar a la población y hacer advertencias si no se cumplen las medidas, más que ir directamente a sancionar, salvo casos que sean muy flagrantes. Asimismo, desde el Ministerio del Interior se ha indicado que, aunque el incumplimiento de esta obligación puede derivar en sanción, durante los primeros días se va a potenciar la función pedagógica por parte de las fuerzas de seguridad.
⚠️Recordem que des de hui és obligatori l'ús de la mascareta en la via pública i que només hi ha excepcions per⬇️
▶️Qui té dificultats respiratòries 🫁
▶️ A qui l'ús de la😷 li resulte contraindicat o per qui pateix alteració de conducta
▶️Qui fa esport 🏃🏽♀️guardant la distància🔛 pic.twitter.com/htxNYFKebc— PoliciaLocalValència (@policialocalvlc) 21 de mayo de 2020
Primer aviso
Si el incumplimiento se produce en espacios cerrados de uso público o que se encuentren abiertos al público, se pedirá a esa persona que abandone dicho espacio, pero si no atiende a ese requerimiento, se puede levantar una propuesta de sanción por la vía del artículo 36.6 de la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana.
Las multas
Si persiste o se encuentra un caso grave, se podrá proceder a realizar una propuesta de sanción por la vía del artículo 36.6 de la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana, en referencia el precepto de la denominada 'ley mordaza' que considera una falta grave penada con entre 600 y 30.000 euros "la desobediencia o la resistencia a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de delito".
Uso obligatorio de las mascarillas con excepciones
Y es que, desde este jueves 21 de mayo es obligatorio en España el uso de las mascarillas para evitar la propagación de la pandemia del coronavirus. El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado el decreto en el que da las indicaciones y explica los supuestos en los que se deben llevar así como las personas que están excluidas de ello. "Mediante la presente orden se dispone, con carácter general, el uso obligatorio de mascarillas en personas de seis años en adelante en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros, siendo recomendable su uso para la población infantil de entre tres y cinco años", se explica en el documento.
Al respecto, el Ayuntamiento de València se han aprestado a recordar las excepciones y que no es obligatoria para correr por la ciudad o ir en bici, patinete o similar siempre y cuando se respeten las distancias mínimas de seguridad.
Si salgo a correr🏃🏽♀️ debo llevar puesta la #mascarilla?
No es obligatorio el uso de la😷 para el desarrollo de actividades deportivas🛹🏄🏽♀️🚴🏽♂️
⚠️PERO:
▶️Debe asegurarse en todo momento de estar manteniendo 2⃣ metros🔛de distancia de seguridad hacia el resto de personas👥#Fase1📉 pic.twitter.com/jUqEZPGHe9
— PoliciaLocalValència (@policialocalvlc) 20 de mayo de 2020
Eso sí, la policía local de València recuerda también que su uso para el resto de actividades es obligatorio a partir de los seis años. En ese sentido, en el BOE aparece que se puede realizar "el uso de cualquier tipo de mascarilla, preferentemente higiénicas y quirúrgicas, que cubra nariz y boca. Se observarán, en todo caso, las indicaciones de las autoridades sanitarias acerca de su uso".