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La Junta actualiza el funcionamiento y la composición del Consejo Andaluz del Deporte
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La Junta actualiza el funcionamiento y la composición del Consejo Andaluz del Deporte

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Consejero andaluz del deporte.
Consejero andaluz del deporte.

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy un decreto que actualiza el funcionamiento, las competencias y la composición del Consejo Andaluz del Deporte (CAD), vigente desde 2003, con el objetivo de dotar de mayor agilidad y eficacia a este órgano consultivo y de asesoramiento de la Junta. La nueva regulación supone el primer desarrollo normativo de la nueva Ley del Deporte de Andalucía e introduce como principal novedad la reducción del número de miembros del Pleno, que pasan de 40 a 29 para mejorar su agilidad respetando el carácter representativo y participativo.

De acuerdo con la norma, los representantes de las federaciones deportivas disminuyen de seis a tres; los de las universidades de dos a uno; los de las organizaciones de consumidores de tres a dos, y los expertos de cinco a dos.
Junto con la presidencia y la vicepresidencia, se mantienen tres miembros en representación de la Consejería de Turismo y Deporte, ocho de los departamentos de la Junta con competencias en la materia, seis de las entidades locales, uno del Tribunal Administrativo del Deporte de Andalucía y otro por la Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte de Andalucía.
Asimismo, se eliminan cinco vocalías, correspondientes a la desaparecida Dirección General de Tecnología e Infraestructuras Deportivas, la Fundación Andalucía Olímpica, el Centro Andaluz de Medicina del Deporte, el Instituto Andaluz del Deporte y el representante de los medios de comunicación.
Por su parte, la Comisión Permanente pasa de 11 a diez miembros: cuatro en representación de la Consejería de Turismo y Deporte; dos de los municipios y provincias; dos de las federaciones deportivas; uno de los consumidores, y un experto en materia de deporte con formación específica en igualdad de género.
El Consejo Andaluz del Deporte funciona en Pleno, que se reúne en sesión ordinaria al menos dos veces al año, y en Comisión Permanente, que se convoca las veces que sea necesario. El decreto aprobado hoy incluye como novedad la posibilidad de la celebración de las sesiones a distancia por medios electrónicos.
En cuanto a sus competencias, el Consejo Andaluz del Deporte deberá ser consultado preceptivamente en la elaboración del desarrollo reglamentario de la ley autonómica sobre la materia, en vigor desde 2016, y de la futura planificación deportiva. También se incorpora la obligación de fomentar e integrar la perspectiva de género en la políticas públicas en este ámbito. Finalmente, se reduce de 15 a diez días el plazo para realizar los informes con carácter de urgencia, que deberán ser emitidos por medios informáticos.

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